¿Qué pasa si la sucesión no alcanza para pagar a los acreedores?
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La discusión se centra en qué sucede si el patrimonio de una persona fallecida no es suficiente para cubrir sus deudas. La respuesta aclara que las deudas se pagan con los bienes del causante y que los herederos no son responsables de saldar las deudas que exceden el patrimonio. Si el patrimonio es insuficiente, los acreedores pierden su dinero, ya que las deudas no se heredan. Además, si no hay bienes para distribuir, los herederos generalmente optan por no liquidar la sucesión, y los acreedores pueden iniciar un proceso de partición de herencia para intentar recuperar lo que puedan.
Respuestas: (1)
Las deudas que deja la persona que fallece (causante) se pagan con los bienes y derechos (patrimonio) que este deja, de manera que los herederos no tienen que pagar esas deudas.
Al liquidar la sucesión, lo primero que se hace es pagar las deudas y pasivos, y si queda un remanente, se distribuye entre los herederos según las reglas generales de la sucesión testada o intestada, según corresponda.
En consecuencia, si el patrimonio dejado por el causante no es suficiente para pagar las deudas que también dejó, los acreedores pierden ese dinero porque las deudas no se heredan, y no corresponde a los herederos pagar las deudas que haya dejado el causante y que no se pueden saldar con su patrimonio.
Naturalmente, si el patrimonio no alcanza para pagar las deudas, los herederos no heredan ni deudas ni bienes, porque no queda ningún bien para distribuir. Por ello, la ley faculta a los acreedores para que inicien el proceso de partición de herencia a fin de lograr el pago de sus deudas, porque en este contexto, los herederos, por lo general, prefieren no liquidar la sucesión ante la perspectiva de no obtener beneficio alguno de la herencia.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 1). ¿Qué pasa si la sucesión no alcanza para pagar a los acreedores? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-pasa-si-la-sucesion-no-alcanza-para-pagar-a-los-acreedores-1279/
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