¿Se deben pagar aportes a seguridad social en las vacaciones compensadas en dinero?
He liquidado a un trabajador que llevaba 14 meses trabajando y no había disfrutado de sus vacaciones por lo que se le compensaron en dinero junto con la liquidación. ¿Se debe pagar seguridad social sobre el valor compensado en dinero?
Respuestas: (1)
No. Los aportes a seguridad social se pagan sobre los pagos que constituyen salario y la compensación de las vacaciones en dinero no es salario, puesto que, como su nombre lo indica, es una compensación y no una remuneración ni contraprestación.
La doctrina y la jurisprudencia han interpretado que la compensación de las vacaciones en dinero tiene una connotación indemnizatoria puesto que su finalidad es compensar al trabajador por no haber podido disfrutar de sus vacaciones durante la vigencia del contrato de trabajo, y al ser una indemnización y no una remuneración no se paga seguridad por esos pagos.
Las vacaciones disfrutadas son un descanso remunerado peor las compensadas no tienen ese componente remuneratorio y por eso sobre las primeras se paga seguridad social pero no sobre las segundas.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, julio 31). ¿Se deben pagar aportes a seguridad social en las vacaciones compensadas en dinero? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-deben-pagar-aportes-a-seguridad-social-en-las-vacaciones-compensadas-en-dinero-520/