¿Se puede donar dinero a un menor de edad y qué efectos tributarios tiene?
Buenos días, agradezco soporte con la siguiente inquietud:
¿Es posible donar dinero a un menor de edad (hijo) y depositarlo en una cuenta de ahorros a su nombre?
Si lo anterior es viable y el monto no excede los topes de declaración de renta para el menor:
¿El donatario queda exento de ganancias ocasionales?
¿Cómo debe el donante declarar ese monto donado en su declaración de renta?
Gracias.
Respuestas: (1)
Sí, es posible donar dinero a un menor de edad abriéndole una cuenta de ahorro para depositarlo allí, y es una práctica común que todo padre hace con sus hijos. Si el monto donado supera 50 salarios mínimos, se debe hacer la respectiva insinuación.
En cuanto a los efectos tributarios que plantea, si el valor consignado en la cuenta bancaria del menor no supera los topes para declarar renta, no debe declarar y tampoco pagar el impuesto de ganancias ocasionales por donaciones, porque este es complementario al impuesto de renta, y si no se declara el de renta, tampoco el de ganancias ocasionales.
El donante no debe declarar nada porque la donación no es un gasto ni deducción que se pueda declarar, y el único efecto es la disminución del patrimonio que se refleja por sí solo en su declaración de renta.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 26). ¿Se puede donar dinero a un menor de edad y qué efectos tributarios tiene? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-donar-dinero-a-un-menor-de-edad-y-que-efectos-tributarios-tiene-1811/
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