¿Se puede interrumpir el período de prueba si el trabajador se incapacita?
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Un usuario del foro preguntó si el período de prueba de su contrato a término fijo se interrumpe debido a una incapacidad de 20 días. La respuesta fue clara: no, las incapacidades laborales no interrumpen ni extienden el período de prueba. Según el Código Sustantivo del Trabajo, este período no puede exceder los dos meses acordados, y no se contempla su extensión por incapacidades o licencias, como la de maternidad. En resumen, el período de prueba sigue siendo el mismo, sin modificaciones por la incapacidad del trabajador.
Respuestas: (1)
No. Las incapacidades laborales no interrumpen ni suspenden el periodo de prueba, porque este no puede extenderse más allá del término acordado en el contrato de trabajo o del que disponga la ley.
El Código Sustantivo del Trabajo no considera ni la interrupción, suspensión ni extensión del periodo de prueba en ocasión a una incapacidad laboral, ni a una licencia de maternidad, por ejemplo.
Es así como el artículo 78 del CST señala que la duración máxima del periodo de prueba es de 2 meses, y el artículo 79 contempla su prórroga solo en el evento en que se haya pactado inicialmente por una duración inferior a la máxima permitida por la ley, y hasta llegar al límite legal.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 11). ¿Se puede interrumpir el período de prueba si el trabajador se incapacita? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-interrumpir-el-periodo-de-prueba-si-el-trabajador-se-incapacita-1208/
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