¿Si trabajé al destajo tengo liquidación?
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Un usuario pregunta si tiene derecho a liquidación tras ser despedido después de trabajar dos años al destajo en una empresa textil. La respuesta aclara que, aunque el trabajo al destajo implica una remuneración variable, sigue siendo un contrato de trabajo, por lo que sí tiene derecho a la liquidación. Se explica que la liquidación se calculará tomando en cuenta un promedio del salario mensual, y se incluirán conceptos como prima de servicios, auxilio de cesantías, intereses de cesantías y compensación de vacaciones.
Respuestas: (1)
Cuando se trabaja al destajo, estamos hablando de un modo de remuneración, no de una modalidad de contrato, el cual sigue siendo un contrato de trabajo, de manera que sí tiene derecho a la liquidación correspondiente.
Lo especial aquí es la base para liquidar las prestaciones sociales y las vacaciones, que son los conceptos que integran la liquidación. Al ser a destajo, la remuneración es variable porque se paga según las unidades producidas en un periodo de tiempo, generalmente mensual; de modo que se determina el promedio del salario mensual y, con base en ese valor, se hace la liquidación de la prima de servicios, el auxilio de cesantías, los intereses de cesantías y la compensación de vacaciones.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, agosto 5). ¿Si trabajé al destajo tengo liquidación? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-trabaje-al-destajo-tengo-liquidacion-1624/
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