Valor de las deducciones en el salario mínimo

Si un empleado gana el salario mínimo, ¿A él se le debe descontar el porcentaje de salud y pensión? ¿O el empleador esta en la obligación de garantizarle el salario mínimo y asumir ese porcentaje?

Fecha: 2023-12-30. Editado 2024-01-28 por Gerencie.com

Respuestas: (4)

Autor: Gerencie.com.

La seguridad social es compartida entre trabajador y empleador sin importar el monto del salario devengado por el trabajador.

En consecuencia, aún en los casos que el trabajador gane un salario, o incluso menos, el empleador le debe descontar al salario el porcentaje que corresponda a los aportes a seguridad social que le corresponde al trabajador.

En la práctica, el trabajador que gana un salario mínimo devenga un neto ligeramente inferior al esperado por las deducción de salud y pensión.

Al salario mínimo se le descuenta el 4% por salud, el 4% de pensión, y se le suma el auxilio de transporte. A modo de ejemplo, para el 2024 se tendría lo siguiente:

Concepto Valor
Salario mínimo $1.300.000
(+) Auxilio de transporte $162.000
(-) Descuento por salud $52.000
(-) Descuento por pensión $52.000
Valor neto recibido $1.358.000

Los descuentos por salud y pensión se calculan sobre el salario mínimo sin sumar el auxilio de transporte.

Fecha: 2023-12-30
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Autor: Liliana Reyes.

Clasificación

Reputación: 4 puntos
Nivel: 1
Muchas gracias por la repuesta. Tengo otra pregunta: si el trabajador tiene de salud régimen subsidiado y no quiere renunciar a ello, ¿entonces a estos trabajadores no se les descontaría el porcentaje de salud?
Fecha: 2023-12-30
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Autor: Gerencie.com.

Si el trabajador no está afiliado a salud no se le descuenta salud. Si se le descontara sin estar afiliado sería apropiación de recursos del trabajador.

Sin embargo, debe tener presente que es obligación del empleador afiliar al trabajador a salud, puesto que el hecho de que el trabajador esté afiliado al Sisben no exime al empleador de su obligación de pagar salud, y en caso que la UGPP lo requiera, lo sancionará irremediablemente.

De otra parte, recuerde que el artículo 114-1 exonera el pago de aportes a salud en algunos empleadores, pero en todo caso deben estar afiliados al régimen contributivo.

Fecha: 2023-12-30
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Autor: Avg.

Clasificación

Reputación: 264 puntos
Nivel: 5
De las prácticas mes riesgosas para el empleador, es contratar a un trabajador sin afiliarlo a la seguridad social, con la excusa que ya tiene Sisben. No es en absoluto recomendables.
Fecha: 2024-01-19
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