¿Acciones como activo fijo o inventario? Impacto tributario
En este artículo 12 secciones
- Qué dice el artículo 60 del estatuto tributario.
- Por qué importa: la ganancia ocasional es exclusiva de los activos fijos.
- Si el inventario permanece dos años o más.
- Efectos comparados de una y otra clasificación.
- Si se puede cambiar la clasificación.
- Cuál clasificación elegir.
- Dónde y cómo se hace la clasificación.
- Preguntas frecuentes.
Las acciones que posee una persona pueden ser activo fijo o activo movible, es decir inventario, según las reglas del artículo 60 del estatuto tributario, y esa clasificación es la puerta de entrada al régimen de ganancias ocasionales, además de definir los aportes a seguridad social que se causan al vender. ¿De qué depende quedar en una u otra categoría?
Qué dice el artículo 60 del estatuto tributario.
La norma divide los activos que se enajenan en dos categorías, atendiendo no a la naturaleza del bien sino a lo que el contribuyente hace con él:
- Activos movibles. Los bienes que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente y que ordinariamente implican existencias al principio y al final de cada año gravable. Para quien lleva contabilidad corresponden a los inventarios.
- Activos fijos o inmovilizados. Los bienes que no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente.
La clave de la norma no es qué tipo de bien es la acción, sino qué hace el contribuyente con ella. La misma acción de Ecopetrol es inventario en manos de un negociador habitual y activo fijo en manos de quien la compró como inversión de largo plazo, de modo que el criterio que gobierna es la destinación.
Por qué importa: la ganancia ocasional es exclusiva de los activos fijos.
El artículo 300 del estatuto tributario considera ganancia ocasional la utilidad en la enajenación de bienes de cualquier naturaleza que hayan hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos años o más. Son dos condiciones acumulativas: que el bien sea activo fijo y que se haya poseído por dos años o más.
El error más frecuente es leer el requisito de los dos años como si fuera el único criterio. No lo es: el tiempo de tenencia solo opera dentro de la categoría de activo fijo. De ahí que:
- Acción clasificada como activo fijo y vendida con dos años o más de tenencia: la utilidad es ganancia ocasional.
- Acción clasificada como activo fijo y vendida con menos de dos años: la utilidad es renta líquida ordinaria.
- Acción clasificada como inventario: la utilidad es siempre renta ordinaria, sin importar cuánto tiempo haya permanecido allí.
Esa tercera hipótesis es la que sorprende a muchos inversionistas, y es la que explica por qué el negociador habitual queda siempre en el régimen más gravoso, asunto que se desarrolla en el artículo sobre los impuestos del trading en Colombia.
Si el inventario permanece dos años o más.
Aunque es improbable que una acción permanezca en el inventario de un negociador habitual durante dos años, puede ocurrir. La pregunta es si su venta se clasificaría entonces como ganancia ocasional.
No. La venta de un activo movible es, por definición del propio artículo 60, una enajenación dentro del giro ordinario de los negocios, y el ingreso del giro ordinario es renta ordinaria. Quien conserve un paquete de acciones tres años en su inventario y lo venda genera renta ordinaria, porque nunca cumplió la primera condición del artículo 300. El paso del tiempo no convierte el inventario en activo fijo.
Ahora bien, hay un matiz probatorio importante. La clasificación no depende de la etiqueta contable ni del tiempo transcurrido, sino de la destinación del bien, y el Consejo de Estado ha sostenido de manera reiterada que lo determinante es la intención y la habitualidad con que el contribuyente enajena esa clase de bienes.
Por eso, si alguien mantiene una acción en inventario durante años sin ánimo real de negociarla, la pregunta correcta no es si ese inventario viejo genera ganancia ocasional, sino si estaba bien clasificado desde el principio. La permanencia prolongada es un indicio de que el bien era en realidad un activo fijo mal clasificado, y la solución es reclasificar el activo, no aplicar ganancia ocasional a un inventario.
Efectos comparados de una y otra clasificación.
El siguiente cuadro compara los efectos de clasificar las acciones en una u otra categoría:
| Concepto. | Activo fijo (inversionista). | Inventario (negociación habitual). |
|---|---|---|
| Utilidad con tenencia de dos años o más. | Ganancia ocasional, 15%. | Renta ordinaria, tarifa marginal hasta el 39%. |
| Utilidad con tenencia menor. | Renta ordinaria. | Renta ordinaria. |
| Pérdidas en la venta. | En renta ordinaria no son deducibles (art. 153); en ganancia ocasional se restan de las ganancias del mismo tipo (art. 311). | No deducibles (art. 153). |
| Beneficio del artículo 36-1. | Aplica cuando las acciones están inscritas en la bolsa colombiana y se respeta el límite anual. | Aplica igualmente: la norma no distingue entre activos fijos y movibles. |
| Comisiones de venta. | No se restan de la ganancia ocasional; sí en la porción de renta ordinaria. | Se deducen en renta según las reglas generales. |
| Base de seguridad social. | Solo la porción de renta ordinaria alimenta el ingreso base de cotización. | Toda la utilidad alimenta el ingreso base de cotización. |
La clasificación, por tanto, no debe responder a la conveniencia del año sino a la realidad de la actividad del contribuyente.
Si se puede cambiar la clasificación.
Sí, cuando cambia la realidad. Quien era inversionista y empieza a negociar habitualmente pasa a tener inventario, y quien deja el trading y conserva sus posiciones como inversión vuelve al terreno del activo fijo. Dos precisiones importantes acompañan ese cambio:
- El cambio no reescribe el pasado. El carácter de fijo o movible se evalúa según el giro del contribuyente al momento de cada enajenación, de modo que las ventas de años anteriores conservan su clasificación y las declaraciones ya presentadas no requieren corrección. Cosa distinta es el error de origen, haber declarado ganancia ocasional siendo siempre un negociador habitual, que sí exige corregir las declaraciones afectadas.
- No es un interruptor de optimización. Alternar la clasificación año a año para pagar menos es exactamente lo que la Dian cuestiona. La carga de probar la habitualidad, el volumen, la frecuencia y la destinación recae en el contribuyente.
Una reclasificación sin justificación aparente es, por sí sola, motivo para que la administración cuestione la naturaleza del ingreso declarado.
Cuál clasificación elegir.
La respuesta se desprende de lo anterior: si el inversionista compra y vende en el corto plazo, lo correcto es clasificar las acciones como activo movible; si compra para conservarlas durante mucho tiempo, como activo fijo.
El trader que opera a diario, algo bastante común entre quienes se inician en las inversiones, deberá clasificar sus acciones como activo movible. Si las clasifica como activo fijo buscando la ganancia ocasional, tendrá muy difícil justificarlo con un historial lleno de operaciones cortas.
Un inversionista con el 99% de operaciones intradía difícilmente podrá sustentar una ganancia ocasional para el 1% restante, porque su actividad demuestra que su giro ordinario es precisamente la compra y venta de acciones.
Dónde y cómo se hace la clasificación.
Cuando la persona lleva contabilidad, la clasificación se hace en ella. Si no lleva contabilidad, se hace al momento de realizar la venta y de elaborar la declaración.
En ese segundo caso conviene dejar evidencia de la clasificación en los anexos de la declaración de renta, y esa evidencia debe guardar concordancia con los ingresos declarados y con el historial de operaciones.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cuántas operaciones al año me convierten en negociador habitual?
No hay un umbral numérico en la norma. Se evalúan la frecuencia, el volumen, la intención con que se adquirieron los títulos, la proporción de los ingresos que proviene de esa actividad y su organización.
¿Puedo tener unas acciones como activo fijo y otras como inventario?
Depende de que la separación sea real y demostrable. Es posible cuando el contribuyente tiene carteras con destinaciones distintas, pero debe poder probarlo con el historial de operaciones de cada una, porque la administración evaluará la actividad en conjunto.
¿Si mis acciones son inventario pierdo el beneficio del artículo 36-1?
No. La norma no distingue entre activos fijos y movibles, de modo que el beneficio aplica igual si las acciones están inscritas en la bolsa colombiana y se respeta el límite anual. Lo que se pierde con el inventario es el acceso a la ganancia ocasional.
¿La clasificación se declara en algún renglón del formulario?
No existe un renglón que la declare. Se manifiesta en la sección del formulario donde se lleve la utilidad, y por eso conviene dejar el soporte en los anexos, especialmente si se declaró ganancia ocasional.
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