¿Cómo se causa y paga la nómina cuando el trabajador ha estado incapacitado?
Un empleado que ejerce el cargo de secretaria gana 1.921.920, no tiene auxilio de transporte y tiene una incapacidad por una cirugía de la rodilla por 31 días desde el 1 de diciembre al 31 de diciembre del 2025.
- ¿Cómo sería la causación y pago de la nómina del mes de diciembre con sus cuentas contables?
Por favor, basado en artículos, para dar mayor claridad al empleado.
Respuestas: (1)
En razón a que el trabajador estuvo incapacitado todo el mes, no recibe salario sino un auxilio económico por incapacidad, el cual es de exactamente 1 salario mínimo por lo siguiente:
Las incapacidades laborales de origen común se pagan con las 2/3 partes del salario (66.66%) según lo establece el artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo, pero la Corte Constitucional, en sentencia C-543-07, dispuso que el valor de la incapacidad laboral no puede ser inferior al salario mínimo.
En su caso, al aplicarle el 66.66% al salario devengado, da como resultado un salario inferior al mínimo, así que se debe pagar el salario mínimo, al que se le aplican las deducciones por los aportes a salud y pensión que corresponden al trabajador, como se liquida cualquier nómina.
Respecto a la contabilización de la nómina, puede consultar los siguientes artículos:
Las incapacidades laborales se contabilizan como un gasto de nómina, en la cuenta 550524.
Si tiene alguna duda puntual, con gusto intentaremos darle respuesta.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, diciembre 17). ¿Cómo se causa y paga la nómina cuando el trabajador ha estado incapacitado? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/causacion-y-pago-de-nomina-2002/
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