¿Cómo se declara la venta de un usufructo?
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Un usuario del foro pregunta cómo declarar la venta de un usufructo de un bien raíz en Colombia, vendido por $30.000.000, con un costo declarado de $26.000.000. Las respuestas indican que el usufructo debe declararse como renta ordinaria o ganancia ocasional, dependiendo del tiempo que haya estado en el patrimonio del contribuyente. Si estuvo más de 2 años, se considera ganancia ocasional; de lo contrario, renta ordinaria. La utilidad a declarar sería de $4.000.000, calculada restando el costo fiscal del precio de venta.
Respuestas: (1)
El usufructo es un derecho que, en caso de ser vendido, debe ser declarado como renta ordinaria o como ganancia ocasional, según el tiempo de permanencia en el patrimonio del contribuyente. Si ese derecho permaneció por 2 años o más en el patrimonio, la utilidad que se obtenga se declara como ganancia ocasional; en caso contrario, se declara como renta ordinaria.
La utilidad será el resultado de restar el costo fiscal, que usted afirma es de $26.000.000, del precio de venta, que es de $30.000.000, generando $4.000.000.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, agosto 22). ¿Cómo se declara la venta de un usufructo? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-declara-la-venta-de-un-usufructo-1676/
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