¿Cuál es la forma correcta de liquidar los intereses de cesantías por fracción de año?
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En la discusión, un usuario pregunta cómo liquidar correctamente los intereses de cesantías por un periodo de 4 meses, ya que recibió un pago menor al esperado. La solución se centra en la fórmula para calcular estos intereses, que es del 12% anual, proporcional al tiempo trabajado. Según la Ley 50 de 1990, para 4 meses (120 días), se calcula dividiendo 120 entre 360, resultando en un tercio del interés total. Así, si las cesantías son $2.000.000, los intereses correspondientes serían $80.000. Se concluye que la contadora pagó de menos, y la fórmula correcta es esencial para evitar errores en el cálculo.
Respuestas: (1)
No precisa cuál es el monto de las cesantías para determinar si su interés fue calculado correctamente, así que nos centraremos en la fórmula para liquidar los intereses de cesantías.
El interés es del 12% anual y cuando las cesantías corresponden a un periodo inferior a un año se determina proporcionalmente, según señala el artículo 99 de la Ley 50 de 1990.
Entonces, si las cesantías causadas fueron $2.000.000 y el trabajador laboró el año completo, le corresponde el 12% de ese valor, que son $240.000.
Si el trabajador laboró 4 meses, la fracción corresponde a un tercio de ese valor, que serían $80.000. ¿Y cómo se llega a ese valor? Dividiendo 120, que son los días trabajados, entre los 360 días del año: 120/360 = 1/3 o 0.333333.
En consecuencia, la fórmula es la siguiente:
$2.000.000 x 0.12 x (120/360) = $80.000.
Y, como en aritmética básica nos enseñaron que primero se resuelven los valores entre paréntesis (120/360), que ya sabemos arroja 0.3333, la fórmula es la siguiente:
$2.000.000 x 0.12 x 0.33333 = $80.000.
No hay otra forma matemáticamente válida para hallar los intereses de cesantías por fracción de año y para comprobar su exactitud, probemos con 360 días trabajados:
$2.000.000 x 0.12 x (360/360), que se transforma del siguiente modo:
$2.000.000 x 0.12 x 1 = $240.000.
Y $240.000 es el 12% de $2.000.000.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, enero 7). ¿Cuál es la forma correcta de liquidar los intereses de cesantías por fracción de año? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cual-es-la-forma-correcta-de-liquidar-los-intereses-de-cesantias-por-fraccion-de-ano-2030/
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