¿Debo pagar ganancia ocasional al permutar una herencia recibida?
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Un usuario preguntó si debía pagar impuesto por ganancia ocasional tras permutar una herencia recibida en 2023. Las respuestas aclaran que la herencia se considera parte de su patrimonio desde el año de recepción y debe ser declarada. Si la permuta se realiza antes de dos años, cualquier ganancia se considera renta ordinaria y se debe declarar como tal, en lugar de ganancia ocasional. Por lo tanto, es crucial tener en cuenta las fechas de la herencia y la permuta para determinar la obligación tributaria.
Respuestas: (1)
La herencia que recibió en 2023 ingresó a su patrimonio en dicho año y debió ser declarada y pagar el impuesto que correspondiera. Si luego vende o permuta esa propiedad en el 2025, es una operación distinta y puede generar ganancia ocasional si estuvo en su patrimonio por al menos 2 años.
Si entre la fecha que fue formalizada la herencia y la fecha en que la permutó no hay dos años, la utilidad que tenga debe ser declarada como renta ordinaria en la cédula de rentas no laborales, y en lugar de pagar ganancia ocasional deberá pagar impuesto de renta, por lo que es importante tener claras las fechas.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, julio 27). ¿Debo pagar ganancia ocasional al permutar una herencia recibida? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/debo-pagar-ganancia-ocasional-al-permutar-una-herencia-recibida-2334/
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