¿En qué cédula se declaran los gananciales?
Leer resumen
Un usuario del foro preguntó en qué cédula se deben declarar los gananciales recibidos por una persona natural. La respuesta aclaró que los gananciales se declaran en la cédula general, específicamente en la subcédula de rentas no laborales del formulario 210 de la Dian. Además, se mencionó que, según el artículo 47 del estatuto tributario, los gananciales son considerados ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, y deben ser reportados en el renglón correspondiente de dicha subcédula.
Respuestas: (1)
Los gananciales se declaran en la cédula general como una renta no laboral, es decir, se declara en la subcédula de rentas no laborales del formulario 210 de la Dian.
Los gananciales son ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, según el artículo 47 del estatuto tributario, en el renglón correspondiente de la subcédula de rentas no laborales.
Preguntas relacionadas:
- ¿Está vigente la exención de la retención en la fuente practicada por el notario en la venta de inmuebles?
- ¿Se debe generar documento soporte electrónico especial a una persona natural que nos preste un servicio desde el extranjero?
- ¿Se puede aplicar retención en la fuente por salarios proporcional?
- ¿Las utilidades que distribuye el régimen simple son gravadas?
- ¿Se debe emitir facturación electrónica en la venta de un activo fijo de persona natural responsable de Iva?
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, septiembre 21). ¿En qué cédula se declaran los gananciales? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-cedula-se-declaran-los-gananciales-702/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes