¿Es posible abrir un fideicomiso a un menor de edad?
¿Es posible abrir un fideicomiso a menores de edad? Si es así, ¿quién debe declarar ese dinero tributariamente en la declaración de renta, el padre que suministra el dinero para abrir el fideicomiso o la fiduciaria?
¿Ese fideicomiso requiere protocolización en notaría o solo se procede con alguna fiduciaria?
Respuestas: (1)
En primer lugar, sí es posible constituir un fideicomiso en favor de un menor de edad e, incluso, es posible crearlo en favor de quien aún no ha nacido, según el artículo 798 del Código Civil.
En cuanto a quién debe declarar los bienes en fideicomiso, depende del tipo de fideicomiso que se constituya. Si es un fideicomiso civil, los sigue declarando el padre, puesto que no hay transferencia de dominio en favor del menor de edad, ya que solo se constituye un gravamen sobre el bien que sigue siendo del padre. Si es un fideicomiso mercantil donde el bien se transfiere a la fiduciaria, es esta quien deberá constituir un patrimonio autónomo. Consulte el siguiente artículo:
En cuanto a los trámites notariales, tanto si es un fideicomiso civil como uno mercantil, se debe recurrir a la notaría; en el primer caso, para constituir el gravamen, y en el segundo caso, para transferir la propiedad a la fiduciaria.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 23). ¿Es posible abrir un fideicomiso a un menor de edad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-posible-abrir-un-fideicomiso-a-un-menor-de-edad-1795/
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