¿Es posible acudir a la justicia ordinaria tras la negación de una tutela?
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La duda planteada es si se puede acudir a la justicia ordinaria tras la negación de una acción de tutela por la vulneración de derechos fundamentales, como el despido injusto. La solución ofrecida indica que sí es posible. La acción de tutela y los procesos laborales abordan aspectos diferentes: la primera se centra en la violación de derechos fundamentales, mientras que la segunda se ocupa de la legislación laboral. Por lo tanto, no hay identidad procesal que impida recurrir a la justicia ordinaria, ya que la tutela no sustituye los procesos judiciales regulares y su carácter es excepcional.
Si por diversos conceptos, el mío se me ha vulnerado evidentemente un derecho fundamental, como la violación al debido proceso y el derecho a la defensa por un despido injusto de un trabajo que es mi único medio de subsistencia, y acudo a la acción de tutela para protegerlo, pero el juez, por circunstancias ajenas a la realidad de la violación del derecho, niega la tutela y el derecho fundamental innegable, ¿se considera caso juzgado y no puedo acudir a la justicia ordinaria estableciendo demanda ante juzgado civil o laboral?
Respuestas: (1)
En nuestro criterio sí es posible recurrir a la justicia ordinaria luego de haberse presentado una acción de tutela que fue fallada negativamente porque la acción de tutela lo que juzga es la violación o no de un derecho fundamental, o su procedencia o improcedencia, en tanto la justicia ordinaria laboral estudia la violación de las leyes laborales específicamente lo que impide que se cumpla el principal requisito para que opere la cosa juzgada: que haya identidad procesal, la cual requiere que exista identidad de objeto e identidad de pretensiones, y por lo general estas difieren entre una acción de tutela y un proceso laboral.
De hecho, una de las principales razones por las que se niega una acción de tutela es porque esta es un mecanismo excepcional que procede únicamente cuando no existen otros medios judiciales idóneos para proteger el derecho vulnerado, o si, existiendo, no son eficaces en un caso concreto, y el despido injusto puede y debe ser impugnado ante la jurisdicción laboral, que es el mecanismo judicial ordinario adecuado para resolver este tipo de controversias.
Y, en general, la acción de tutela es improcedente para cuestionar un despido injusto, y la tutela se pronuncia sobre aspectos distintos a los que se puede alegar en un proceso ordinario laboral por lo que no puede configurarse la cosa juzgada.
La tutela no está llamada a sustituir los procesos judiciales ordinarios y esa característica es la que le da su carácter excepcional.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 15). ¿Es posible acudir a la justicia ordinaria tras la negación de una tutela? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-posible-acudir-a-la-justicia-ordinaria-tras-la-negacion-de-una-tutela-1009/
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