Exenciones de impuesto del ICA para contratos de prestación de servicios
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Un usuario plantea una duda sobre la retención de ICA en su contrato de prestación de servicios, ya que ha recibido un descuento en su quinta cuenta de cobro, a pesar de que sus ingresos no superan los $600,000 y cree que está exento. La respuesta indica que, efectivamente, si el servicio está exento, no deberían aplicar la retención. Se le aconseja solicitar la devolución del monto descontado, presentando una solicitud con la normativa que respalda su exención, y hacerlo antes de que la empresa declare la retención para facilitar el proceso.
Hola Gerencie. Tengo un contrato de prestación de servicios con una empresa privada para prestar servicios profesionales intelectuales en la realización de procesos de selección de personal. Me habían pagado 4 cuentas de cobro y en la 5a me hacen un descuento por Reteica, pero al indagar encontré que hay una excepción sobre los contratos de prestación de servicios realizados por personas naturales de forma individual como es mi caso. Ninguna de estas cuentas sobrepasa el valor de $600.000. ¿Por favor me pueden orientar si hay lugar al descuento o me deben hacer la devolución de lo descontado? Mil gracias.
Respuestas: (1)
Si el servicio que usted presta está exento del Ica según comenta, no le deben practicar la retención por Ica. En consecuencia, si a pesar de la exención le practicaron la retención deberá solicitar a la empresa contratante que le reintegre la retención practicada indebidamente.
Para ello debe presentar una solicitud debidamente sustentada con la norma que contempla la exención del Ica por el servicio que usted presta.
Deberá presentar la solicitud con prontitud antes de que la empresa presente la declaración de retención, porque luego tendrá que corregirla para poder hacer el ajuste lo que hace más difícil el proceso.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 3). Exenciones de impuesto del ICA para contratos de prestación de servicios [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/exenciones-de-impuesto-del-ica-para-contratos-de-prestacion-de-servicios-740/
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