¿Los rendimientos financieros de los aportes voluntarios a pensión son exentos?
Los rendimientos financieros que me paga un fondo de pensiones, ¿son no constitutivos de renta cuando se han retirado con cumplimiento de requisitos?
Respuestas: (1)
Los rendimientos financieros que los fondos privados de pensiones pagan por los aportes voluntarios a pensión tienen el mismo tratamiento que los aportes como tal, es decir, se consideran como renta exenta en los términos del artículo 126-1 del Estatuto Tributario.
En consecuencia, si los aportes voluntarios a pensión se retiran junto con sus rendimientos, cumpliendo el requisito de permanencia mínima o para la destinación establecida por la ley, se declaran como renta exenta, aplicando los límites a nivel que corresponden a nivel cedular.
El mismo artículo 126 del Estatuto Tributario, en su inciso 4, señala que cuando los aportes se retiran sin el cumplimiento de requisitos, se pierde el beneficio tanto de los aportes como de sus rendimientos, de manera que queda claro que los rendimientos siguen la misma suerte que el aporte como tal.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 26). ¿Los rendimientos financieros de los aportes voluntarios a pensión son exentos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-rendimientos-financieros-de-los-aportes-voluntarios-a-pension-son-exentos-1592/
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