Para impuesto patrimonio, el valor fiscal de un inmueble vigente a primero de enero es ¿cuál?
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La duda planteada se centra en cómo determinar el valor fiscal de un inmueble para el impuesto al patrimonio en 2026, dado que el avalúo catastral se conoce después de enero. La solución indicada es que se debe utilizar el avalúo catastral del 2025, ajustándolo con un incremento del 3% autorizado por el gobierno. Sin embargo, se sugiere que, para un cálculo más preciso del valor patrimonial, es recomendable esperar hasta que se conozcan los porcentajes de reajuste fiscal, que se divulgan en abril o mayo, antes de presentar la declaración del impuesto.
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Respuestas: (1)
En efecto, el avalúo catastral que se debe tomar es el vigente en enero de 2026, el cual no se conoce porque los recibos del impuesto predial no se han expedido aún; sin embargo, ese se puede calcular según el reajuste autorizado por el gobierno, que para el 2026 es del 3% según establece el artículo 2.2.10.1.1 del decreto 1082 de 2015, así que solo debe aplicar ese porcentaje al valor del avalúo catastral del 2025.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, para determinar el valor patrimonial, existe la posibilidad de aplicar el reajuste fiscal del artículo 70 del estatuto tributario, y ese porcentaje no se conoce sino hasta los meses de abril o mayo, de manera que en ese caso lo prudente es no presentar la declaración del impuesto al patrimonio hasta tanto no se tengan oficialmente esos porcentajes de reajuste, y por ello mismo es que el vencimiento del plazo para presentar la declaración inicia cuando los valores necesarios para liquidarlo ya se conocen de forma oficial.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, marzo 22). Para impuesto patrimonio, el valor fiscal de un inmueble vigente a primero de enero es ¿cuál? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/para-impuesto-patrimonio-el-valor-fiscal-de-un-inmueble-vigente-a-primero-de-enero-es-cual-2168/
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