¿Por qué no se le puede exigir el cumplimiento de horario al contratista?

¿Me podrían explicar la razón por la que se dice que no se puede exigir el cumplimiento de horario a un contratista? ¿Qué ley lo prohíbe y cuál es la consecuencia?

Fecha: 2025-05-31

Respuestas: (1)

La razón por la que, en general, se recomienda no exigir a un contratista que cumpla horario es para evitar que se configure la subordinación, un elemento propio de la relación laboral, lo que llevaría a desvirtuar la relación civil o comercial que une a contratista y contratante, dando lugar al surgimiento de una relación laboral.

La relación laboral se caracteriza por la subordinación, y la obligación de cumplir horarios se asocia a subordinación, o por lo menos es una variable relevante a la hora de evaluar su existencia, junto con otros elementos que puedan evidenciar o probar esa subordinación.

No existe ninguna ley que prohíba exigir el cumplimiento de horarios en el contexto de un contrato de prestación de servicios, o en cualquier otro. A esa conclusión se llega por interpretación de los artículos 23 y 24 del Código Sustantivo del Trabajo.

Elementos del contrato de trabajo
Elementos del contrato de trabajo.El contrato de trabajo tiene una serie de elementos que lo caracterizan, y que de presentarse están por encima de las formas acordadas por las partes.

La posible consecuencia de exigir el cumplimiento de horarios al contratista es que un juez declare la existencia del contrato de trabajo realidad, producto de haber desvirtuado la relación civil o comercial por tenerse probada la subordinación en razón a la obligación de cumplir horario.

Fecha: 2025-05-31
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, mayo 31). ¿Por qué no se le puede exigir el cumplimiento de horario al contratista? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/por-que-no-se-le-puede-exigir-el-cumplimiento-de-horario-al-contratista-1490/

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