📅 21/02/2025
💬 70

Publicado: 2025-03-11

¿Procede la demanda de reconvención en procesos de divorcio?

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Un usuario del foro pregunta si es viable presentar una demanda de reconvención en procesos de divorcio, específicamente bajo la causal 9 del artículo 154 del Código Civil. Las respuestas indican que, aunque la reconvención es común en divorcios, no tiene sentido en este caso, ya que la causal mencionada se refiere al divorcio por mutuo acuerdo. En lugar de una reconvención, se sugiere optar por una conciliación o desistirse de la demanda para llevar a cabo el proceso de manera más rápida y económica a través de una notaría.

Cordial saludo:

¿Es viable demandar en reconvención por la causal 9 del artículo 154 del Código Civil?

Gracias.

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2003

Publicado:2025-03-12
00

La demanda de reconvención es procedente en las demandas o procesos de divorcio, y es de lo más común, pero por la causal 9 del artículo 154 del código civil, la reconvención no tendría objeto, porque hace referencia al divorcio por consentimiento de ambos cónyuges, es decir, por mutuo acuerdo.

En tal escenario, lo que procedería es una conciliación e incluso un desistimiento de la demanda y luego realizar el proceso por notaría. Sería más expedido y más económico.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, marzo 11). ¿Procede la demanda de reconvención en procesos de divorcio? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procede-la-demanda-de-reconvencion-en-procesos-de-divorcio-1212/

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