¿Qué pasa si no se aplicó la retención en la fuente por apuestas?
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Un usuario pregunta qué sucede si no se aplica la retención en la fuente por un premio de 15 millones de una apuesta deportiva. La respuesta aclara que las apuestas están sujetas a una retención del 20%, lo que en este caso equivale a 3 millones. Si la empresa no realizó la retención, debe asumirla y declararla, además de corregir la declaración y pagar sanciones e intereses si no lo hizo a tiempo. El usuario también se pregunta si debe declarar y pagar esos 3 millones, dado que la retención debió ser realizada por la empresa.
Respuestas: (2)
Las apuestas están sujetas a retención a una tarifa del 20%, según lo establece el artículo 1.2.5.1 del decreto 1625 de 2016. Si la empresa que paga la apuesta no practica la retención, deberá asumirla, declararla y pagarla. En caso de no haberla declarado oportunamente, deberá corregir la declaración de retención, liquidar la sanción por corrección correspondiente y los intereses moratorios sobre el valor de la retención.
La retención se aplica sobre el 100% del valor de la apuesta y se aplica siempre que el monto supere 48 Uvt ($2.514.000 para 2026).
En su caso particular, el valor de la retención es de $3.000.000, y en caso de tener que pagar la sanción, esta correspondería a la sanción mínima más los intereses moratorios sobre ese monto.
Me genera la duda si yo debo declarar y asumir el pago de los 3 millones, dado que supone que la empresa debió hacer la retención. Muchas gracias.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, agosto 23). ¿Qué pasa si no se aplicó la retención en la fuente por apuestas? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-pasa-si-no-se-aplico-la-retencion-en-la-fuente-por-apuestas-1681/
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