¿Qué sucede con los beneficiarios en salud cuando fallece el cotizante?
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Un usuario preguntó qué sucede con sus padres, beneficiarios de su EPS, si él fallece. Las respuestas indican que, tras el fallecimiento del cotizante, los beneficiarios son desafiliados de la EPS y deben cotizar como independientes o acceder al régimen subsidiado de salud. Sin embargo, si el cotizante estaba en periodo de protección laboral, los beneficiarios pueden seguir recibiendo servicios de salud por 1 a 3 meses. Es crucial que los beneficiarios reporten el fallecimiento dentro del mes siguiente para evitar problemas con las cotizaciones y poder aprovechar el periodo de protección.
Respuestas: (1)
Cuando muere el afiliado, se produce la desafiliación de la EPS, según dispone el artículo 2.1.3.1 del decreto 780 de 2016, y los beneficiarios de este tendrán que cotizar como independientes o gestionar su ingreso en el régimen subsidiado de salud (Sisben).
Si el cotizante goza del periodo de protección laboral, los beneficiarios podrán seguir recibiendo servicios de salud durante dicho periodo, que es de 1 a 3 meses, de acuerdo con el artículo 2.1.8.5 del decreto 780 de 2016.
Los beneficiarios deberán reportar la novedad por el fallecimiento dentro del mes siguiente al deceso, a fin de no entrar en mora en cotizaciones y acogerse al periodo de protección laboral en caso de tener derecho.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 9). ¿Qué sucede con los beneficiarios en salud cuando fallece el cotizante? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-sucede-con-los-beneficiarios-en-salud-cuando-fallece-el-cotizante-752/
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