¿Se debe pagar seguridad social sobre ingresos obtenidos en el exterior?
¿Debo cotizar a salud y pensión sobre ingresos generados en Colombia y en el exterior como trabajador independiente?
Respuestas: (1)
Las personas naturales que residen en Colombia y obtienen ingresos en el exterior, ingresos de fuente extranjera, deberán realizar aportes a la seguridad social sobre esos ingresos, ya que la ley no distingue el origen de los ingresos. Por lo tanto, el trabajador independiente deberá cotizar tanto por los ingresos obtenidos en el país como por los ingresos obtenidos en el exterior.
Tanto el artículo 15 de la Ley 100 de 1993, que establece la obligación de pagar seguridad social en los contratos de prestación de servicios personales, como el artículo 89 de la Ley 2277 de 2022, que regula la cotización a la seguridad social de los trabajadores independientes en contratos diferentes al de prestación de servicios, se refieren al ingreso base de cotización de forma general, sin distinguir el origen territorial de dichos ingresos; de modo que lo relevante son los ingresos que obtenga la persona.
Respecto al impuesto de renta, la ley sí distingue los ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera, pero no respecto a la seguridad social.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 16). ¿Se debe pagar seguridad social sobre ingresos obtenidos en el exterior? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-debe-pagar-seguridad-social-sobre-ingresos-obtenidos-en-el-exterior-1324/
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