¿Se puede hacer factura electrónica a un cliente extranjero?
Venderé servicios a clientes del exterior. En Colombia estoy obligado a expedir factura electrónica. ¿Debo también expedirla al cliente extranjero? ¿Cómo se debe hacer? ¿Qué NIT o documento de identificación se debe utilizar?
Respuestas: (1)
Toda operación de venta de bienes o prestación de servicios debe ser facturada, incluso si se trata de un cliente extranjero. Entonces, la respuesta a la pregunta es sí. Cuando el vendedor o prestador del servicio está obligado a facturar, debe expedir la factura electrónica correspondiente.
El proceso de facturación es el mismo, y se utiliza el documento de identificación que le suministre el cliente extranjero, que puede ser desde un pasaporte, una cédula de extranjería, o un NIT de su país que puede llamarse de otro modo. Son tipos de documentos que se pueden agregar al momento de crear al comprador o adquirente en el software de facturación.
Si el cliente extranjero no le suministra ningún documento de identificación, se utiliza el NIT genérico 222222222222. Este NIT se utiliza en aplicación del literal c) del numeral 3 del artículo 11 de la resolución 00042 de 2020 de la Dian, quien lo establece para los casos en que el adquiriente no se identifica, sin discriminar o diferenciar entre clientes nacionales o extranjeros. Así que es un NIT que se utiliza para cualquier cliente que no suministra identificación alguna.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, junio 14). ¿Se puede hacer factura electrónica a un cliente extranjero? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-hacer-factura-electronica-a-un-cliente-extranjero-1522/
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