¿Se puede pagar a otro distinto del emisor de la factura?

Estoy gestionando un pago relacionado con una factura emitida por un proveedor o prestador de servicios, pero me encuentro en una situación en la que se solicita que el pago sea realizado a una persona o entidad distinta al emisor de la factura. ¿Eso se puede hacer?

Fecha: 2024-12-06

Respuestas: (1)

El pago se debe realizar al acreedor, que en este caso es el emisor de la factura. El pago se puede hacer a un tercero en dos situaciones.

  1. Cuando hay autorización expresa y escrita del acreedor.
  2. Cuando la factura ha sido endosada.

En el primer caso, si el acreedor autoriza el pago a un tercero, de un modo que el deudor pueda probar, se puede hacer el pago a ese tercero. En tal caso, el deudor deberá conservar la prueba de esa autorización y del pago.

En el segundo caso, como la factura es un título valor, al ser endosada debe pagarse al tenedor actual de la factura.

Fecha: 2024-12-06
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, diciembre 6). ¿Se puede pagar a otro distinto del emisor de la factura? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-pagar-a-otro-distinto-del-emisor-de-la-factura-929/

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