¿Si la EPS ya no me está notificando de la deuda de aportes de seguridad social en mora, me pueden embargar?
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Un usuario pregunta si puede ser embargado por una deuda con la EPS Compensar, que ha dejado de notificarle sobre su mora desde febrero. La respuesta indica que, mientras la deuda no haya prescrito (tiene un plazo de 5 años), puede ser demandado y embargado en cualquier momento, incluso por la UGPP, que tiene autoridad para cobrar aportes adeudados. Se sugiere que el usuario verifique el estado de su deuda y, si no está prescrita, lo mejor es contactar a Compensar para establecer un acuerdo de pago y evitar problemas futuros.
Teniendo en cuenta eso, ¿me pueden embargar en el futuro? ¿Debería llamar a Compensar ahora para hacer un acuerdo de pago o proceso ejecutivo? Ya van 5 meses sin ninguna notificación.
Respuestas: (1)
Mientras la deuda no haya prescrito, puede ser demandado en el futuro y le pueden embargar sus bienes y salarios, de modo que, mientras no se configure la prescripción, en cualquier momento la EPS puede iniciar un proceso de cobro judicial y solicitar el embargo.
Las cotizaciones a seguridad social prescriben en un término de 5 años, y se cuentan por cada uno de los meses adeudados, ya que son obligaciones independientes.
Además, aunque la EPS no lo embargue, la UGPP sí podría hacerlo, porque, de acuerdo al artículo 178 de la Ley 1607 de 2012, esta entidad tiene la facultad de realizar el cobro de los aportes de los omisos e inexactos. La UGPP, además de cobrarle los intereses moratorios que le cobraría la EPS, le impondrá una sanción del 5% por cada mes de mora en el pago.
En consecuencia, debe verificar si la deuda está prescrita; si no lo está, lo recomendable es pagar los montos adeudados.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 23). ¿Si la EPS ya no me está notificando de la deuda de aportes de seguridad social en mora, me pueden embargar? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-la-eps-ya-no-me-esta-notificando-de-la-deuda-de-aportes-de-seguridad-social-en-mora-me-pueden-embargar-1583/
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