¿Una persona natural que es comerciante y no responsable de IVA tiene la obligación real de llevar contabilidad?
¿Las personas naturales comerciantes que no sean responsables de IVA están obligadas a llevar contabilidad? ¿Cuáles son las consecuencias de no hacerlo?
Respuestas: (1)
El estatuto tributario y, en general, las normas tributarias no hacen referencia a la obligación o no de llevar contabilidad; la obligación de llevar contabilidad la establece el Código de Comercio, el cual, en su artículo 18, establece la obligación de llevar contabilidad para toda persona que tenga la calidad de comerciante.
En consecuencia, toda persona natural que sea comerciante, sea o no responsable del IVA, está obligada a llevar contabilidad, y la Dian bien puede exigirla; en caso de no presentar, se impone la sanción por libros de contabilidad.
De manera que, si es comerciante, deberá llevar contabilidad, y la consecuencia de no hacerlo es la sanción por libros de contabilidad.
En general, la Dian no suele sancionar a una persona natural comerciante cuando no es responsable del IVA, pero sí puede hacerlo, por lo que es un riesgo permanente.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 17). ¿Una persona natural que es comerciante y no responsable de IVA tiene la obligación real de llevar contabilidad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/una-persona-natural-que-es-comerciante-y-no-responsable-de-iva-tiene-la-obligacion-real-de-llevar-contabilidad-1327/
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