¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2026?
En el año 2026 deben declarar renta las personas naturales que por el año gravable 2025 hayan superado los topes de patrimonio, ingresos, compras, consignaciones y consumos con tarjeta de crédito que establece el artículo 592 del estatuto tributario, reglamentado por el artículo 1.6.1.13.2.7 del decreto 1625 de 2016.
- Personas naturales obligadas a declarar renta.
- Topes para declarar renta en 2026.
- Elementos a considerar en la obligación de declarar renta.
- Efecto de la compra de inmuebles en la obligación de declarar renta.
- No se debe declarar por el simple hecho de haber declarado el año anterior.
- Ausencia de ingresos y la obligación de declarar renta.
- Declarar renta no es igual a pagar impuesto.
- ¿Cuándo debo presentar la declaración de renta? Calendario tributario 2026
- Preguntas frecuentes.
Personas naturales obligadas a declarar renta.
Toda persona natural es contribuyente del impuesto a la renta, pero no todas deben presentar la declaración de renta.
La ley ha establecido que solo las personas naturales que cumplan ciertos requisitos o topes deben presentar la declaración de renta, requisitos que se deben evaluar cada año para determinar si en un año en particular se debe declarar o no.
La declaración de renta es anual y se presenta en el año siguiente. Así, la declaración de renta del 2025 se presenta en el 2026, porque es necesario que finalice el periodo gravable para determinar el impuesto que se debe pagar.
Topes para declarar renta en 2026.
Los topes para declarar renta en el 2026 por el año gravable 2025 son los siguientes:
| Concepto | Tope en Uvt | Tope en pesos |
|---|---|---|
| Patrimonio bruto | 4.500 | $224.096.000 |
| Ingresos | 1.400 | $69.719.000 |
| Consumos con tarjeta de crédito | 1.400 | $69.719.000 |
| Compras y consumos | 1.400 | $69.719.000 |
| Consignaciones | 1.400 | $69.719.000 |
La persona queda obligada a declarar renta si supera tan solo uno de los topes anteriores.
Para determinar la obligación de declarar renta se utiliza el Uvt vigente para el año objeto de declaración. Por ejemplo, en la declaración de renta del 2025 que se presenta en 2026, se toma el Uvt del 2025, que es el año a declarar.
Elementos a considerar en la obligación de declarar renta.
Para determinar la obligación de declarar renta se evalúan solamente cinco topes, y con que se supere uno de ellos surge la obligación de presentar la declaración de renta.
A continuación, detallamos cada uno de estos elementos.
Patrimonio.
Se considera el patrimonio bruto, es decir, no se descuentan las deudas ni los pasivos que se tengan.
Si usted tiene una casa avaluada en $200.000.000 y tiene una hipoteca de $150.000.000, su patrimonio es de $200.000.000 y estará obligado a declarar renta por superar el tope.
El valor del patrimonio bruto no debe exceder de 4.500 Uvt. Puede ser igual o menor, pero no mayor, pues de lo contrario tendrá que declarar renta.
Ingresos.
El monto de los ingresos brutos anuales es otra condición que puede obligar a que una persona natural esté obligada a declarar renta. Deben ser inferiores a 1.400 Uvt para no estar obligados a declarar renta. Si son iguales o superiores a ese tope, debe declarar.
Dentro de los ingresos se deben incluir todos los que reciba el contribuyente, como salarios, honorarios, arrendamientos, intereses o rendimientos financieros, dividendos, etc.
El artículo 1.6.1.13.2.7 del decreto 1625 en el parágrafo primero señala:
«Para efectos de establecer la cuantía de los ingresos brutos a que hacen referencia los numerales 2 de los literales a) y b) del presente artículo, deberán sumarse todos los ingresos provenientes de cualquier actividad económica, con independencia de la cédula a la que pertenezcan los ingresos.»
Absolutamente todos los ingresos se deben declarar, aunque algunas personas naturales no declaran los ingresos que reciben de contribuyentes que no reportan información exógena, porque consideran que, al no ser reportado ese pago, la Dian no puede identificar que han omitido ese ingreso.
Consumos con tarjetas de crédito.
Los pagos que se realicen con tarjetas de crédito a nombre de la persona deben ser iguales o inferiores a 1.400 Uvt. Si se excede de ese tope, surge la obligación de declarar renta.
La norma habla de consumos con tarjeta de crédito, y cualquier compra de bienes y servicios cuenta como consumo. Ya sea el pago de sus servicios públicos, Netflix o su compra en Amazon.
Compras.
Las compras que usted realice, de cualquier cosa, y que haya pagado por cualquier medio, electrónico o en efectivo, cuentan, y no deben exceder de 1.400 Uvt para no quedar obligado a declarar renta.
Esto incluye ropa, mercado, electrodomésticos, etc., que son reportadas a la Dian en la información exógena por las distintas empresas o personas a las que les ha realizado compras.
Consignaciones bancarias.
Uno de los requisitos para no estar obligado a presentar la declaración de renta es que el monto de las consignaciones bancarias no exceda de 1.400 Uvt en el año, monto muy bajo que fácilmente cualquier persona lo puede superar.
En las consignaciones no importa el origen de los ingresos allí consignados, de modo que cualquier consignación, así sea de terceros, suma para el efecto de la obligación de declarar renta.
Por ello, cuando el contribuyente hace un crédito y se lo desembolsan a la cuenta bancaria, cuenta como consignación. O si un vecino o familiar le hace una consignación para que luego él entregue el dinero a otra persona, también cuenta como consignación propia.
Son muchas las personas que se ven obligadas a declarar renta solo por prestar la cuenta bancaria para hacer un favor.
Para evitar tener que declarar por el solo monto de las consignaciones, se debe hacer un control estricto de estas, debiendo planear qué consignar y cuándo hacerlo.
Igualmente, si usted tiene varias cuentas bancarias y mueve dinero entre ellas, así sea el mismo dinero, cada movimiento cuenta como una consignación.
Efecto de la compra de inmuebles en la obligación de declarar renta.
Aún sobrevive el párrafo 2 del artículo 593 del estatuto tributario, que interpretado ligeramente puede llevarnos a entender que por la venta o compra de una vivienda o inmuebles no estaremos obligados a declarar renta.
Dice la norma referida:
«Dentro de los ingresos que sirven de base para efectuar el cómputo a que se refiere el inciso 1º y el numeral 3º del presente artículo, no deben incluirse los correspondientes a la enajenación de activos fijos, ni los provenientes de loterías, rifas, apuestas o similares.»
Lo anterior aplica para la venta de activos fijos y para los asalariados, pero no aplica para la compra de activos como una casa o apartamento.
Recordemos que el monto de las compras es una condición que se debe cumplir para no declarar renta, y como la norma no especifica qué tipo de compras, ni hace exclusiones, la compra de una vivienda o cualquier tipo de activo fijo suma para determinar su monto.
Y respecto a la venta de activos fijos no debemos perder de vista las consignaciones, pues si el valor de la venta se consigna a la cuenta bancaria, la venta de activos de forma indirecta también cuenta para saber si existe o no la obligación de declarar renta.
No se debe declarar por el simple hecho de haber declarado el año anterior.
Los requisitos para declarar renta se evalúan individualmente para cada año, de manera que, si en el presente año se cumplieron todos los topes para no declarar renta, no se declara, así en el año anterior se hubiera declarado.
La obligación de presentar la declaración de renta no está condicionada a la obligación del año anterior, porque cada periodo gravable es independiente.
Esto es importante para las personas que deben declarar renta, porque en un determinado año, de forma excepcional, superaron topes como consignaciones e ingresos, pero en los siguientes años no volvieron a superarlos.
El único tope que en cierta forma se puede considerar estático es el patrimonio, puesto que no es un elemento que todo el tiempo esté subiendo o bajando, especialmente si el patrimonio se limita a la casa de habitación, pero en todo caso existe la posibilidad de que en el siguiente año el patrimonio se disminuya por debajo del tope que obliga a declarar renta.
Ausencia de ingresos y la obligación de declarar renta.
Esta es una situación particular de consulta recurrente de nuestros lectores, que se sorprenden al enterarse de que, aún sin tener ingresos, deben presentar la declaración de renta.
Recordemos que la obligación de declarar renta o no depende de cinco factores, y con uno solo que aplique, surge la obligación de presentar la declaración de renta.
De manera que, si durante un año la persona no obtuvo ningún ingreso, pero tiene un patrimonio que supera el tope, o durante ese año vivió de sus ahorros, y en ese proceso sus compras y consumos superaron los topes, tendrá que declarar.
Por lo anterior, se debe evaluar cada uno de los topes que condicionan la obligación de declarar renta, ya que con uno de ellos que no se cumpla se debe declarar.
Declarar renta no es igual a pagar impuesto.
Que la persona natural deba presentar la declaración de renta no necesariamente significa que deba pagar impuesto alguno, porque el impuesto se paga solo cuando la renta líquida supera 1.090 UVT, y la gran mayoría de declarantes no llega a ese monto.
Para muchos contribuyentes la declaración de renta es una simple formalidad sin tener que llegar a pagar impuesto, y si llegara a liquidar alguno, este ha sido pagado anticipadamente con las retenciones en la fuente que le fueron practicadas.
¿Cuándo debo presentar la declaración de renta? Calendario tributario 2026
El plazo para presentar la declaración de renta vence según los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente, que es el mismo número de cédula. Para conocer la fecha en que vence el plazo de su declaración, consulte este enlace e ingrese su número de NIT/cédula.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
¿Si declaro renta una vez debo seguir declarando?
No necesariamente. Cada año se deben revisar los topes y, si no los supera, no debe declarar, ya que por el simple hecho de haber declarado una vez no debe seguir declarando.
Lo que sucede es que algunos contribuyentes que declaran por primera vez deben seguir declarando porque siguen superando topes, como por ejemplo el patrimonio, que es un concepto, por lo general, estático o creciente.
¿Debo actualizar el RUT si dejo de estar obligado a declarar renta?
Cuando usted está obligado a declarar renta, debe actualizar el RUT para incluir tal obligación, y si en un año determinado deja de estar obligado a declarar, lo recomendable es actualizar el RUT para eliminar esa obligación.
¿Para determinar la obligación de declarar debo sumar ingresos y compras?
No. Cada concepto tiene topes individuales y no se deben sumar. Por ejemplo, si usted tiene ingresos por $40.000.000 y compras por $30.000.000, no debe sumarlos para determinar los topes, puesto que cada uno es independiente del otro.
¿Cómo saber si estoy obligado a declarar renta?
Para saber si está obligado a declarar renta responda esta encuesta en línea que hemos desarrollado.
Es un sencillo cuestionario que le permitirá saber si está o no obligado a declarar renta.
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