Liquidador en línea de intereses moratorios por deduas con la Dian.
Último periodo de interés ingresado: Mayo de 2023.
Instrucciones.
Ingrese el saldo a pagar en mora por concepto de impuestos y retenciones. No debe incluir sanciones.
Ingrese la fecha en que venció el plazo para pagar los impuestos o retenciones. A partir del día siguiente a la fecha ingresada se empiezan a liquidar intereses.
Ingrese la fecha en que pagará el impuesto o las retenciones. Hasta ese día se liquidarán los intereses. Si no va a pagar hoy ingrese la fecha de mañana.
El interés moratorio se calcula con la tasa de interés vigente para el día en que se haga la liquidación, sin importar si la deuda corresponde a un periodo anterior.
Esta herramienta aplica para los intereses de las distintas obligaciones tributarias nacionales y territoriales, y para los aportes a seguridad social.
julio 22nd, 2020 a las 6:51 am
Muchas gracias por el artículo es muy claro. Sin embargo, el aplicativo no funciona bien, aparece un error en la celda del valor de los intereses (no arroja el valor) y solo calcula con los intereses reducidos por Covid.
octubre 11th, 2020 a las 4:16 pm
No se si entendí bien la herramienta, pero porque estas aplicando tasa de usura; si el decreto 688 de 2020, deja de un lado la tasa de usura y solo aplica el interés moratorio sobre la tasa de interés bancario corriente para créditos de consumo.
mayo 3rd, 2022 a las 4:38 pm
SUGERENCIA: Incluir una linea para digitar y pagar un valor diferente al vencido, de hecho, sumando los intereses liquidados. Ejemplo, saldo obligacion,$500.000, intereses mora $25.000, entonces no pago 525, sino pago 200.000 mas intereses, $225..000. En la próxima cuota, contemplaré si pago el saldo de capital u otra cuota; esto en referencia al ICA, por ejemplo. La renta solo permite 2 cuotas.
noviembre 10th, 2022 a las 9:10 am
Me podrías explicar la forma como sacas la formula para la tasa diaria. por favor
noviembre 22nd, 2022 a las 4:46 pm
Gracias por la erramienta excel. a mí si me funciona correctamente.
noviembre 25th, 2022 a las 11:14 am
Buenos días, resulta que en la declaración de renta me pase 1 hora 30 minutos del plazo máximo para declarar y ahora me dicen que mi declaración fue extemporánea y debo pagar la multa, el dilema es como calculo el valor a pagar, además no fue el tiempo exagerado y todo se debió a la lentitud de la plataforma, agradezco su atención y comentarios, gracias
enero 26th, 2023 a las 12:06 pm
WOWWWW! La reforma tributaria bajo al 50% los intereses por mora, podemos tener un descuento del 50% hasta el 30 de junio de 2023, con la reforma tributaria LEY_2277_DE_13_DE_DICIEMBRE_DE_2022 artículos 91 y 93, esto es un excelente beneficio para las empresas que estamos en mora. Lo mismo para corregir las declaraciones de IVA que se hicieron con periodos distintos ya no hay sanción ni intereses, articulo 92 de la reforma tributaria..wowww no sabia esto…
enero 26th, 2023 a las 12:09 pm
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abril 3rd, 2023 a las 4:21 pm
porque dice que la fecha del impuesto no puede ser anterior al 2018?
mayo 10th, 2023 a las 9:16 pm
EL SALDO QUE ARROJA EL APLICATIVO YA TRAE EL DESCUENTO DEL 50% EN LOS INTERESES? DE ACUERDO A LA LEY 2277?GRACIAS