Calculadora intereses de cesantías

Para calcular o liquidar los intereses sobre cesantías ingrese los valores solicitados en el siguiente formulario.





Notas:

  1. Cesantías acumuladas. Corresponde al auxilio de cesantías que se hayan acumulado al momento de hacer la liquidación de los intereses, como al 31 de diciembre del año anterior o en cualquier fecha al momento de liquidar el contrato de trabajo.
  2. Días trabajados. Los días trabajados por los cuales se deben liquidar los interese de cesantías, que son 360 por el año completo, y cuando no se laboró el año completo por terminación del contrato antes del 31 de diciembre, cuando este inició en el transcurso del año, los días correspondientes, como 180 por 6 meses.

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