¿Cómo se manejan las notas débito y crédito en los formularios 350 y 300?
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En la discusión, un usuario pregunta cómo manejar notas de débito y crédito en los formularios 350 y 300 de la Dian, tras emitir una factura electrónica y una nota de crédito con un error significativo. La solución propuesta indica que si los ajustes se realizan en el mismo periodo de declaración, no afectan los valores en los formularios, ya que estos reflejan cuentas ya ajustadas. Sin embargo, si las notas se emiten después de declarar, se deben ajustar en el formulario 350 (renglón 129) y en el formulario 300 (renglones 4 y 56). Por lo tanto, el tratamiento depende de si las operaciones ya fueron declaradas.
Respuestas: (1)
Si los ajustes por medio de las notas débito o crédito se hicieron en el periodo a declarar tanto en IVA como en retención, no tendrían efecto alguno en los valores a declarar en esos formularios, en razón a que allí se consignan los valores que hay en cada cuenta contable que se supone ya están afectadas por los ajustes realizados.
Si las notas crédito y débito se emiten cuando los valores que se ajustan ya fueron declarados, entonces sí hay que hacer el respectivo ajuste, que en el caso del formulario 350 sería el renglón 129 y en el formulario 300 serían los renglones 4 y 56, según corresponda. Es el caso, por ejemplo, cuando se emite una factura en junio y la nota débito/crédito se emite en julio, cuando las operaciones correspondientes ya fueron declaradas.
En resumen, el tratamiento de las notas débito y crédito dependerá de si las operaciones ajustadas ya fueron declaradas o no.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 21). ¿Cómo se manejan las notas débito y crédito en los formularios 350 y 300? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-manejan-las-notas-debito-y-credito-en-los-formularios-350-y-300-1579/
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