Liquidador de renta para personas naturales
📅 10/09/2024
💬 55

Publicado: 2026-06-17

¿Las deducciones no sujetas al límite de la cédula general entran en la sumatoria de la casilla 92 del formulario 210?

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Un usuario del foro pregunta si las deducciones no sujetas al límite de la cédula general, específicamente el 1% de compras con factura electrónica y los dependientes adicionales, deben incluirse en la sumatoria de la casilla 92 del formulario 210. La respuesta destaca que sí, estas deducciones se suman para calcular el valor de la casilla 92, según lo indicado en el instructivo oficial de la Dian. Este instructivo especifica que la casilla 92 incluye varias deducciones, y aunque hay un límite del 40% del ingreso neto, las deducciones mencionadas son parte de la sumatoria.

La última reforma tributaria introdujo dos deducciones que no están sometidas al 40% del ingreso neto de la cédula general o a las 1.340 UVT anuales. Esas dos deducciones son el 1% de las compras con factura electrónica (casilla 28) y los dependientes adicionales (casilla 139). Sé que el valor de cada deducción se registra en las casillas que mencioné. Mi pregunta es la siguiente.

¿Esas dos deducciones entran en la sumatoria de la casilla 92 denominada "Rentas exentas y deducciones imputables limitadas" o no suman en esa casilla?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2208

Publicado:2026-06-17
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Si. La deducción del 1% por adquisiciones con factura electrónica y la deducción adicional por dependientes, dos beneficios que establece el artículo 336 del estatuto tributario, se suman para hallar el valor de la casilla 92 del formulario 210.

El instructivo oficial de la Dian del formulario 210 lo señala claramente:

«92. Rentas exentas y deducciones imputables limitadas (28 + 41 + 53 + 69 + 86 + 139): esta casilla es el resultado de sumar la casilla 28 (Uno por ciento (1%) de compras con factura electrónica), las rentas exentas y deducciones imputables limitadas de las casillas 41 (Rentas exentas y/o deducciones imputables limitadas de las rentas de trabajo), 53 (Rentas exentas y deducciones imputables limitadas de las rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria), 69 (Rentas exentas y/o deducciones imputables limitadas de capital), 86 (Rentas exentas y/o deducciones imputables limitadas de las rentas no laborales) y 139 (Adición por dependientes a la casilla 92). Las rentas exentas y deducciones aplicables a la cédula general no podrán exceder el cuarenta por ciento (40%), que en todo caso no puede exceder de mil trescientas cuarenta (1.340) UVT anuales.»

El instructivo establece claramente los valores que componen cada casilla del formulario 210.

En esta sección de nuestro liquidador de renta puede rastrear el valor de las principales casillas del formulario 210, lo que permite identificar cómo se construyen.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2026, junio 17). ¿Las deducciones no sujetas al límite de la cédula general entran en la sumatoria de la casilla 92 del formulario 210? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/las-deducciones-no-sujetas-al-limite-de-la-cedula-general-entran-en-la-sumatoria-de-la-casilla-92-del-formulario-210-2306/

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