¿Los gastos no deducibles se reportan en el formato 1001 de la información exógena?

Cordial saludo:

Una empresa realiza una depuración de cuentas contables, resultando en $80.000.000 como gasto no deducible. ¿Se pregunta si este gasto se debe reportar en el formato 1001?

Muchas gracias.

Fecha: 2025-05-02

Respuestas: (1)

Sí. Los pagos que no son procedentes fiscalmente como costo ni como gasto y que no se incluyen en la declaración de renta deben ser reportados en la información exógena, formato 1001.

Esto en razón a que la Resolución 162 de 2023 de la Dian, en su artículo 20, expresamente señala que «…y los pagos o abonos en cuenta (devengo) no solicitados fiscalmente como costo o deducción…», de manera que sin lugar a dudas se deben reportar.

Es así porque el objetivo del Estado es conocer los ingresos de quien los percibe, independientemente de si la contraparte los declara o no como costo o gasto.

Fecha: 2025-05-02
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, mayo 2). ¿Los gastos no deducibles se reportan en el formato 1001 de la información exógena? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-gastos-no-deducibles-se-reportan-en-el-formato-1001-de-la-informacion-exogena-1373/

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