¿Los pensionados deben cotizar a la seguridad social como independientes?
Un trabajador independiente tiene un contrato por prestación de servicios para una asesoría a una empresa. ¿Está obligado a pagar seguridad social? ¿Puede la empresa exigirle el pago de seguridad social para poderle pagar los honorarios?
Respuestas: (1)
Los pensionados que tengan ingresos adicionales como trabajadores independientes, como aquellos que tienen un contrato de prestación de servicios o ingresos por arrendamiento, por ejemplo, están obligados a pagar seguridad social únicamente por salud, más no por pensión, debido a que ya tienen la calidad de pensionados.
En ese orden de ideas, el contratista sí debe pedirle la prueba de las cotizaciones a seguridad social (verificación de aportes) a fin de cumplir los requisitos para deducir el pago de honorarios en el impuesto a la renta.
Ahora, si hipotéticamente el contratista estuviera pensionado por invalidez, podría voluntariamente cotizar a pensión para obtener adicionalmente la pensión de vejez, puesto que estas dos prestaciones son compatibles al estar financiadas por sistemas diferentes: una por el sistema de pensiones y otra por el sistema de riesgos laborales.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 31). ¿Los pensionados deben cotizar a la seguridad social como independientes? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/pensionados-deben-cotizar-a-seguridad-social-como-independientes-1271/
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