¿Procede la devolución de aportes parafiscales pagados por quien estaba exento de aportes?
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Un usuario del foro pregunta si puede solicitar la devolución de aportes parafiscales pagados por su empresa, que está exenta de estos pagos. La respuesta indica que sí es posible, ya que se considera un pago indebido. Aunque no hay una norma específica para este caso, se basa en la jurisprudencia que permite a los contribuyentes solicitar la devolución ante la UGPP. Es importante que la empresa demuestre su exención según el artículo 114-1 del estatuto tributario. Si la UGPP niega la solicitud, se puede impugnar ante el tribunal administrativo.
Respuestas: (1)
Sí. Aunque no conocemos una norma que de forma específica contemple la posibilidad de solicitar la devolución de los aportes parafiscales realizados por un contribuyente o empresa que está exenta de realizar dichos aportes, en nuestro criterios sí es procedente porque en este caso se configura el pago de lo no debido, y cuando se paga lo no debido se tiene el derecho a reclamar su devolución.
Para este caso es relevando lo dicho por la sección tercera del Consejo de estado en sentencia 49278 del 2019 con ponencia del magistrado Martin Bermúdez Muñoz:
«18.- Cuando no existe un acto de cobro o factura sino una declaración y liquidación privada, como sucede con los aportes parafiscales al SENA, los contribuyentes tienen la posibilidad de acudir al procedimiento administrativo de devolución ante la entidad que administra el tributo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 850 del Estatuto Tributario.
19.- Si bien la mencionada norma regula las solicitudes de devolución de pagos de lo no debido de obligaciones tributarias a cargo de la DIAN, la Sección Cuarta de esta Corporación ha determinado que, respecto de saldos a favor o pago de lo no debido de contribuciones parafiscales, los contribuyentes podrán presentar solicitudes de devolución en los mismos términos y en el plazo establecido para estas solicitudes de devolución.»
En ese caso, la solicitud de devolución se debería presentar ante la UGPP, que es la entidad encargada de gestionar esos recursos.
Si la UGPP llegara a negar la devolución de esos aportes, el acto administrativo en el que se niegue defectivamente la devolución podrá ser demandado ante el tribunal administrativo, mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
Por último, precisar que se debe acreditar que la empresa estaba exenta del pago de aportes parafiscales en los términos del artículo 114-1 del estatuto tributario, de lo contrario no se puede proba el pago de lo no debido.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 23). ¿Procede la devolución de aportes parafiscales pagados por quien estaba exento de aportes? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procede-la-devolucion-de-aportes-parafiscales-pagados-por-quien-estaba-exento-de-aportes-792/
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