¿Quién está obligado a presentar el formato 1011 y qué información se presenta en este?
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La discusión se centra en la obligación de presentar el formato 1011 de información exógena y quiénes deben hacerlo. Según la resolución 162 de 2023 de la Dian, deben presentar este formato las personas naturales y jurídicas que cumplan ciertos criterios de ingresos, así como aquellos que realicen retenciones o sean agentes de retención, independientemente de sus ingresos. Las personas naturales deben reportar si sus ingresos brutos superan 11,800 UVT y, en el caso de personas jurídicas, si superan 2,400 UVT. Además, se menciona que se está elaborando un artículo sobre los formatos específicos que deben presentar las personas naturales.
¿Qué formatos de información exógena debe presentar una persona natural?
Respuestas: (2)
El formato 1011 de información exógena debe se presentado por los siguientes contribuyentes según el artículo 32 de la resolución 162 de 2023 expedida por la Dian:
- Las personas naturales y sus asimiladas
- Las personas jurídicas y sus asimiladas
- Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación - SIMPLE que durante el año a reportar o el año gravable inmediatamente anterior, hayan obtenido ingresos brutos superiores a once mil ochocientas (11.800) Unidades de Valor Tributario (UVT) (equivalentes al año gravable referido), sin considerar el tipo de ingreso.
- Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas y demás obligados a practicar retenciones y/o autorretenciones en la fuente, impuesto sobre las ventas (IVA) y/o Timbre, durante el año gravable a reportar.
- Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
- Las personas o entidades que celebren contratos de colaboración como consorcios, uniones temporales, joint ventures, cuentas en participación o convenios de cooperación con entidades públicas y quienes celebren otros contratos como mandato, administración delegada o exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
- Los entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado, contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
Es importante precisar que, en los primeros casos, es decir, personas naturales y jurídicas, debe presentar el formato 1011 siempre y cuando cumplan los requisitos de ingresos que establece el artículo 1 de la resolución 162 de 2023, que son:
- Personas naturales
- Ingresos brutos superiores a 11.800 Uvt en el año anterior y el año a reportar y
- Que los ingresos brutos por renta de capital /yo laborales sean superiores a 2.400 Uvt.
- Personas jurídicas.
- Ingresos brutos superiores a 2.400 Uvt.
Si la persona natural o jurídica es agente de retención por renta, Iva o timbre, deberá reportar incluso si tiene ingresos menores a los anteriormente señalados.
En cuanto a los formatos específicos que deben presentar las personas naturales estamos trabajando un artículo sobre ello.
En este artículo se listan los distintos formatos que una persona natural podría tener que diligenciar.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, junio 9). ¿Quién está obligado a presentar el formato 1011 y qué información se presenta en este? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/quien-esta-obligado-a-presentar-el-formato-1011-y-que-informacion-se-presenta-en-este-1507/
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