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📅 27/08/2026
💬 1

Publicado: 2026-08-27
Editado: 2026-08-27 por Maurel Betancour

Renta no residente fiscal en Colombia.

Un extranjero con nacionalidad colombiana recibió una herencia hace 3 años. Cuando la recibió, presentó declaración en el 110 por ganancias ocasionales. En el 2024 y 2025 debe presentar declaración de renta, ya que su patrimonio supera las 4.500 UVT, pero sus ingresos no superan los 1.400 UVT. Se le ha presentado en el formulario 110 y, si es así, se le debe realizar anticipo de renta. Además de los bienes, vendió un garaje cuyo costo está en 9 millones en impuesto predial lo vendió por 16. ¿Debe pagar ganancias ocasionales?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2274

Publicado:2026-08-27
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Sí, debe declarar renta y debe liquidar el impuesto de ganancias ocasionales, ya que este no tiene una base mínima, como sí la tiene el impuesto de renta con su tabla del artículo 241 del E.T.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2026, agosto 27). Renta no residente fiscal en Colombia. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/renta-no-residente-fiscal-en-colombia-2374/

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