¿Se deben pagar Intereses moratorios por sueldos y demás pagos laborales?
Leer resumen
En una discusión sobre si se deben pagar intereses moratorios por sueldos y pagos laborales, se planteó el caso de una trabajadora que espera un reajuste salarial no pagado desde 2012. El nuevo gerente se pregunta si está obligado a pagar intereses moratorios. La respuesta indica que la legislación laboral no exige el pago de estos intereses por retrasos en salarios, sino que se puede aplicar la indexación para ajustar el monto adeudado a la inflación. Además, el empleador no puede ser obligado a pagar deudas prescritas ni intereses, a menos que haya un acuerdo entre las partes.
¿El gerente está en la obligación de hacer el pago de los intereses moratorios y, en dado caso, cuál sería su cálculo?
Quedo muy atenta de su respuesta.
Muchas gracias.
Respuestas: (2)
La legislación laboral no contempla el pago de intereses moratorios por el retardo en el pago de salarios y demás acreencias laborales, y los intereses legales y comerciales no le son aplicables, por lo que la jurisprudencia de la sala laboral de la Corte suprema de justicia se ha decantado por la figura de la indexación, como se explica en este artículo.
De este modo los valores adeudados se actualizan a su equivalente actual reconociendo la pérdida de poder adquisitivo del dinero por efecto de la inflación.
En consecuencia, si desea indexar los valores adeudados puede hacer uso de esta herramienta en línea.
No obstante lo anterior, si el empleador lo acepta puede pagar intereses, ya sea corrientes o moratorios según acuerden las partes, para lo cual puede utilizar esta herramienta en línea.
Vale precisar que el empleador no puede ser obligado judicialmente a pagar una deuda ya prescrita, como parece ser el caso, ni tampoco a pagar intereses moratorios, sólo la indexación, así que depende de la buena voluntad del empleador pagar o no.
Gerencie.com dijo:La legislación laboral no contempla el pago de intereses moratorios por el retardo en el pago de salarios y demás acreencias laborales, y los intereses legales y comerciales no le son aplicables, por lo que la jurisprudencia de la sala laboral de la Corte suprema de justicia se ha decantado por la figura de la indexación, como se explica en este artículo.
De este modo los valores adeudados se actualizan a su equivalente actual reconociendo la pérdida de poder adquisitivo del dinero por efecto de la inflación.
En consecuencia, si desea indexar los valores adeudados puede hacer uso de esta herramienta en línea.
No obstante lo anterior, si el empleador lo acepta puede pagar intereses, ya sea corrientes o moratorios según acuerden las partes, para lo cual puede utilizar esta herramienta en línea.
Vale precisar que el empleador no puede ser obligado judicialmente a pagar una deuda ya prescrita, como parece ser el caso, ni tampoco a pagar intereses moratorios, sólo la indexación, así que depende de la buena voluntad del empleador pagar o no.
Ver masBuen día,
Siguiendo el hilo de la respuesta que me das, esa deuda ya prescribió. En dado caso de ser así, ¿por qué norma el empleador se puede cobijar?
Preguntas relacionadas:
- ¿Cómo contratar empleada de servicio doméstico sin afiliarla a seguridad social?
- ¿Se deben liquidar prestaciones sociales al renovar el contrato de trabajo?
- ¿Se puede alegar acoso laboral y despido injustificado?
- ¿Cómo formalizo la entrega de un terreno como pago por obligaciones laborales?
- Caso laboral: Cuidador de finca sin afiliación a seguridad social y reclamo por pérdida de ganado.
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 2). ¿Se deben pagar Intereses moratorios por sueldos y demás pagos laborales? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-deben-pagar-intereses-moratorios-por-sueldos-y-demas-pagos-laborales-1551/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes