¿Un no residente fiscal que recibe arrendamiento debe declarar renta?
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Un usuario pregunta si un no residente fiscal que recibe ingresos por arrendamiento en Colombia debe declarar renta. La respuesta indica que si los ingresos superan 1.400 UVT, debe presentar la declaración, cumpliendo los mismos requisitos que un residente. Sin embargo, si esos ingresos ya fueron sometidos a retención en la fuente por pagos al exterior, no es necesario declarar. Generalmente, la retención por arrendamientos es del 3.5%, por lo que es probable que deba declarar. Para evitarlo, el no residente puede solicitar una retención del 20% al arrendatario, siempre que este sea agente de retención.
Respuestas: (1)
Si el monto de los ingresos por arrendamiento supera el tope de 1.400 UVT, o cualquier otro tope, debe presentar la declaración de renta, porque se deben cumplir los mismos requisitos aplicables a cualquier persona natural residente.
Ahora, si supera los topes, pero los ingresos por arrendamiento fueron sometidos a retención en la fuente por pagos al exterior (conceptos de retención establecidos en los artículos 407 a 4011 del estatuto tributario), no debe declarar renta.
Sin embargo, por lo general, la retención que se aplica es por concepto de arrendamientos (3.5%) y no por pagos al exterior (20%), así que lo más probable es que deba declarar renta.
De lo anterior se anticipa que, si una persona que no es residente fiscal prefiere no declarar renta, debe solicitar al arrendatario que le aplique retención del 20%, lo que es posible siempre y cuando el arrendatario sea agente de retención.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 3). ¿Un no residente fiscal que recibe arrendamiento debe declarar renta? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/un-no-residente-fiscal-que-recibe-arrendamiento-debe-declarar-renta-1837/
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