La proyección pensional consiste en estimar el valor futuro de la pensión en el régimen de prima media (Colpensiones), dependiendo de cómo se comporten los elementos que la conforman, a saber:
- Salario cotizado
- Semanas cotizadas
En general, el afiliado tiene o puede controlar estas variables, por lo que se puede afirmar que en la mayoría de los casos, y siempre que se tenga la capacidad de pago, es posible planear la pensión que se quiere obtener al final de la vida laboral.
La premisa es sencilla:
- Más salario cotizado, mayor IBL.
- Más semanas cotizadas, mayor tasa de reemplazo.
El IBL depende del monto del salario cotizado durante la vida laboral.
La tasa de reemplazo depende de la cantidad de semanas que se cotizan.
Son los conceptos que determinan el monto de la pensión, porque esta resulta de aplicar la tasa de reemplazo (mesada pensional) al IBL.
La combinación ideal entre salario y semanas cotizadas.
Dependiendo de cada afiliado, de su capacidad de pago, de las semanas que ya tiene cotizadas, de sus expectativas y de las semanas que está dispuesto a cotizar.
Para obtener la mejor pensión posible se requiere cotizar sobre el máximo legal permitido, que son 25 salarios mínimos mensuales, y 2.150 semanas para el caso de los hombres. Las mujeres, a partir del 2026, requerirán un poco menos debido a la disminución gradual del requisito de semanas.
Pero seamos honestos, muy pocas personas pueden cotizar sobre un salario tan alto y hasta 2.150 semanas, así que esa máxima pensión posible no es alcanzable para la mayoría de las personas.
Por lo anterior, cada persona debe elegir su pensión ideal alcanzable con el salario que puede cotizar y con las semanas máximas que está dispuesta a cotizar, y hay una combinación infinita de salario y semanas.
Algunas personas podrán cotizar sobre 1 salario mínimo y, en tal caso, no tiene sentido que cotice más allá de las semanas mínimas, pero otra persona podrá cotizar sobre 2 salarios mínimos y completar 2.000 semanas, o 1.600, o 1.400, etc.
En fin, cada persona es un universo casi infinito de posibilidades y la proyección pensional se trata de obtener esa combinación adecuada entre salario cotizado y semanas a cotizar para llegar a una pensión razonable, dentro de las posibilidades y expectativas de cada quien.
Lo que se puede identificar con la proyección.
La proyección se puede abordar desde 3 lados o aristas:
- La pensión que puedo tener.
- La pensión que quiero tener.
- Las semanas que debo cotizar.
La pensión que puedo tener.
Es para las personas que no tienen control sobre el salario que pueden cotizar. Es el caso de los asalariados que devengan un salario determinado y no pueden simplemente subirse el salario. Para estas personas, la única variable que pueden modificar es el número de semanas a cotizar.
Para estos afiliados, la única forma de incrementar su pensión es cotizando más semanas, tantas como sea posible para obtener la tasa máxima de reemplazo, que es del 80%, y eso es diferente para cada afiliado según el monto de su IBL.
Algunas personas alcanzan el 80% con 1.800 semanas y otras podrán necesitar 2.150 semanas. ¿Cuántas necesita usted? Es lo que se averigua con la proyección.
Lo que se logra con esta proyección es determinar la pensión que usted tendría con cada escenario posible de semanas cotizadas, desde las mínimas hasta las máximas posibles, así que usted pueda decidir en qué momento dejar de cotizar.
Supongamos que su salario es de $5.000.000. Con el mismo salario su pensión será una si cotiza 1.300 semanas, otra si cotiza 1.350 semanas, otra si cotiza 1.400, etc.
Y, algo importante, la proyección le indicará a partir de qué momento no le conviene seguir cotizando porque su pensión ya no se incrementará así continúe cotizando 10 años más. A partir de ese punto se puede afirmar que perderá las cotizaciones que realice, y ese punto es diferente para cada persona porque depende de los salarios sobre los que históricamente cotizó y de su salario actual.
La pensión que quiero tener.
Es para las personas que tienen la posibilidad de elegir el salario sobre el que quieren cotizar, así que lo único que necesitan saber es sobre qué salario deben cotizar si quieren obtener una determinada pensión, que una vez más dependerá de las semanas que quieran cotizar.
Por ejemplo: una persona quiere pensionarse con $20.000.000 y quiere hacerlo apenas cumpla la edad de pensión, y necesita saber sobre qué salario se debe cotizar para lograrlo.
Aquí entran a jugar las mismas dos variables: salario y semanas. El salario se tiene que averiguar y las semanas son las que decida cada persona cotizar.
Así, para obtener una pensión de $20.000.000, necesitará un salario si cotiza 1.300 semanas, otro salario si cotiza 1.350, otro salario si cotiza 1.800, y así sucesivamente, y la proyección lo que hace es hallar ese salario en cada uno de los rangos de semanas cotizadas.
En este caso, entre más semanas cotice, requerirá un menor salario para cumplir el objetivo fijado (pensión de $20.000.000 o cualquier otro monto), de modo que la persona puede elegir entre cotizar un salario más alto y pensionarse antes o cotizar sobre un salario menor, pero pensionarse luego.
Opera la misma lógica que un crédito bancario: entre más plazo, más baja la cuota y entre menor sea el plazo, mayor es la cuota.
Cada persona puede fijarse un objetivo distinto según sus capacidades. Habrá personas que máximo pueden optar por una pensión de $5.000.000, otra de $6.000.000, etc., así que la proyección determina el salario requerido para lograr cada objetivo.
Semanas que debo cotizar.
Es para las personas que conocen su salario, conocen la pensión que quieren tener, y necesitan saber cuántas semanas requieren cotizar para lograr ese objetivo. Es una combinación de las proyecciones anteriores.
Esta proyección halla directamente las semanas que se deben cotizar, porque en las otras hay varias posibilidades, una para cada salario y pensión objetivo, pero en ese caso el salario y la pensión ya se conocen y solo se requiere hallar un único valor: la cantidad de semanas que se deben cotizar.
¿Cómo se realiza la proyección pensional?
La proyección pensional se realiza a partir del IBL que el afiliado ya tiene con las semanas que ha cotizado y que constan en su historia laboral.
Es un IBL parcial porque aún no completa las cotizaciones mínimas necesarias, y la proyección tiene como objetivo determinar el efecto que tienen en la pensión final esas semanas que faltan por cotizar, que son las que tienen el potencial de modificar la pensión futura.
En consecuencia, se parte de una base histórica a partir de la cual se hacen las estimaciones futuras.
Eso se logra mediante iteraciones matemáticas (miles) que buscan hallar la combinación de salarios y semanas a cotizar que coincidan con el objetivo establecido, que como ya señalamos puede ser un salario, una mesada pensional o unas semanas a cotizar.
Por lo tanto, la proyección tiene dos fases:
- Fase histórica. Procesar las cotizaciones históricas para determinar el IBL actual.
- Fase de proyección. La estimación de las cotizaciones futuras para llegar al objetivo establecido.
La fase histórica requiere trabajo manual, puesto que es necesario pasar a Excel cada uno de los meses cotizados que consten en la historia laboral, el cual tiene 3 componentes:
- Mes y año cotizado.
- Salario cotizado.
- Días cotizados.
La exigencia depende de cuántos meses se hayan cotizado. Algunas personas tienen pocos meses, otras pueden tener más de 400 meses cotizados, lo que implica que se deben pasar más de 400 registros a Excel.
Colpensiones entrega la historia laboral en PDF, por lo que no se puede copiar y pegar la información de PDF a Excel, y aunque existen en el mercado herramientas que automatizan el proceso, el resultado requiere verificación manual porque en el proceso de conversión se distorsionan algunos valores.
Cómo interpretar la historia laboral de Colpensiones.
Colpensiones certifica un número total de semanas cotizadas y un detalle de cada cotización mensual, en el que se encuentran 4 columnas relevantes que son las que se deben observar para realizar la proyección.
| Periodo [37] | Año y mes cotizado. |
| IBC Reportado [40] | El salario sobre el que se cotizó. |
| Días reportados [44] | Los días del mes cotizados que reportó la planilla. |
| Días Cotizados [45] | Los días del mes que Cotizados que Colpensiones registró. |
Generalmente, los días cotizados y reportados coinciden, pero no siempre. Se puede dar el caso de que el usuario reportó 30 días y Colpensiones solo registró 20 o 0.
Cuando se procesa la historia laboral es común encontrar una diferencia de semanas. Hemos encontrado diferencias de más de 100 semanas y le corresponde al afiliado solicitar a Colpensiones una explicación y, de ser necesario, una corrección.
Semanas cotizadas a considerar.
La proyección pensional se realiza con base en las semanas que certifica Colpensiones, y Colpensiones las certifica con base en la columna Días cotizados, los que ellos reconocen, que corresponde a la columna [45].
Semanas anteriores a 1995.
Cuando el afiliado tiene semanas cotizadas anteriores al año 1995, Colpensiones no discrimina las cotizaciones por meses, sino que las agrupa, desde 2 meses hasta incluso un año. En ese caso, es necesario hacer un desglose por meses para determinar un salario cotizado promedio.
Colpensiones presenta un reporte con la siguiente estructura:
| [29] Ciclo Desde | [30] Ciclo Hasta | [31] Asignación Mensual | [32] Días Rep. |
| 10/04/1990 | 31/07/1990 | $41.040 | 113 |
| 01/08/1990 | 31/12/1990 | $47.370 | 153 |
| 01/01/1991 | 30/11/1991 | $54.630 | 334 |
| 01/12/1991 | 30/04/1992 | $79.290 | 152 |
Para cada rango se debe determinar el salario mensual promedio, según el número de días y los meses resultantes.
Debido a esa particularidad de la historia laboral, el IBL de toda la vida laboral se puede ver distorsionado ligeramente, haciendo que la precisión se afecte en un porcentaje ínfimo, menos del 0.5%, lo que es irrelevante en los casos en que la pensión se liquida sobre el IBL promedio de los últimos 10 años cotizados, que es en la mayoría de los casos, puesto que en tal evento las cotizaciones de esos años son descartadas.
Aspectos a considerar al proyectar la pensión
Al proyectar la pensión hay algunos aspectos que surgen que deben ser evaluados.
Efecto de cotizar más semanas.
Por regla general, cotizar más semanas permite incrementar la tasa de reemplazo (porcentaje de pensión), pero no siempre es así. Para salarios bajos, o IBL bajos, monto inferior a 1.3 salarios mínimos mensuales aproximadamente, no tiene sentido cotizar más de las semanas mínimas necesarias porque, si bien es posible incrementar la tasa de reemplazo del 65% al 80%, la pensión será la misma porque está sujeta al salario mínimo.
Por ejemplo, si el IBL es de $1.750.000, si se tiene una tasa de reemplazo del 65%, la mesada pensional es de $1.137.500, pero por ley esta no puede ser inferior al salario mínimo.
Y si se tiene una tasa de reemplazo del 80%, la mesada pensional será de $1.400.000 que sigue siendo inferior al salario mínimo, así que de todos modos la mesada pensional es de un salario mínimo, así que no tiene sentido seguir cotizando más allá de las 1.300 semanas.
Igualmente, cuando se cotizan suficientes semanas para alcanzar la tasa de reemplazo máxima, que es del 80%, las que se coticen hacia futuro se pierden porque ya no cuentan para incrementar ese porcentaje, porque legalmente no es posible, así que no tiene sentido financiero continuar cotizando, a no ser que las cotizaciones futuras se realicen sobre salarios más altos que permitan incrementar el IBL promedio.
Recuerde que la mesada pensional depende tanto de la tasa de reemplazo como del IBL promedio. Si nuestro IBL es de $100 y la tasa de reemplazo es del 80%, nuestra pensión no podrá superar los $80 por más semanas que se coticen, pero si al continuar cotizando nuestro IBL llega a 120, entonces nuestra pensión sí puede llegar a $96, aunque la tasa de reemplazo siga siendo del 80%. Pero en este punto, si bien es beneficioso, no es óptimo porque la pensión está siendo incrementada en solo una variable y no en las dos: más IBL y más tasa de reemplazo.
El cálculo actuarial.
El cálculo actuarial permite pagar cotizaciones por los períodos en que no se hizo por omisión, desconocimiento o por la razón que sea, lo que permite incrementar las semanas cotizadas de forma rápida.
Por ejemplo, una persona que tiene 1.400 semanas cotizadas podría pagar el cálculo actuarial de 200 semanas, lo que le permitiría incrementar su tasa de reemplazo en 6% de una sola vez, de modo que si se pensionaba con el 70%, ahora se puede pensionar con el 76%.
Por supuesto que ello supone un costo, pero es un costo que por lo general es inferior a si seguimos cotizando hacia futuro por 4 años para sumar esas 200 semanas.
Esto se debe a que el cálculo actuarial se puede liquidar sobre el salario mínimo, y en general son períodos que no quedan comprendidos dentro de los últimos 10 años cotizados, así que el IBL no se ve afectado.
Ahora, si por alguna razón los períodos que se paguen con el cálculo actuarial quedan dentro de los últimos 10 años cotizados, el IBL sí se puede ver afectado, así que deberá evaluarlo, y la proyección pensional le brinda la información necesaria para hacer las comparaciones y tomar decisiones.
Salario a cotizar si decide cotizar más semanas.
Cuando el afiliado ya cuenta con las semanas suficientes para pensionarse y decide continuar cotizando, el salario que cotice debe ser como mínimo igual al IBL que ya tiene, porque si es menor, el IBL promedio disminuirá, por lo que lo ganado con un mayor porcentaje de pensión se puede perder con un IBL menor.
La proyección le indicará el monto mínimo del salario que deberá cotizar en el futuro.
Dejar de cotizar antes de tiempo.
Uno de los errores más comunes es dejar de cotizar antes de sumar el 1.5% a la tasa de reemplazo, lo que ocurre al completar las 50 semanas adicionales.
La tasa de reemplazo mínima, que inicia en el 65%, se alcanza con las semanas mínimas para pensionarse, que son 1.300. Por cada 50 semanas adicionales que se coticen, ese porcentaje se incrementa en 1.5%, de modo que con 1.350 el porcentaje es de 66.5%, con 1.400 el porcentaje es de 68%, y así sucesivamente hasta llegar al 80%.
En consecuencia, si el afiliado se retira al completar 1.399 semanas, su tasa de reemplazo será de 66.5%, de modo que por una semana de cotización no llega al 68%. Con esa decisión se pierde 1 año de cotización.
En el caso de los hombres es sencillo porque sabemos que deben cotizar 1.350, 1.400, etc. En el caso de las mujeres se hace más complejo porque a partir del 2026 las semanas mínimas requeridas empiezan a disminuir gradualmente para llegar a 1.000 semanas en 2036.
Por ejemplo, si la mujer se pensiona en el 2027, el 65% lo alcanza con 1.225 semanas, y el 66.5% con 1.325 semanas, el 68% con 1.375 semanas y así sucesivamente, y en el 2028 cambian los requerimientos. La proyección pensional considera automáticamente estos umbrales que se van ajustando según el año en que la mujer cumple la edad de pensión o decide pensionarse si lo hace luego de cumplida la edad mínima.
Proyección pensional en línea |
Proyección pensional asistida |
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