Días de plazo para responder un derecho de petición son hábiles

Para determina los días de plazo que se tienen para responder un derecho de petición, se tienen en cuenta únicamente los días hábiles, no los días calendario.

Recordemos que las autoridades o particulares que tienen la obligación legal de atender derechos de petición, tienen los siguientes plazos para hacerlo:

  • Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones [Artículo 6 código contencioso administrativo].
  • Diez (10) días para contestar peticiones de información [Artículo 22 código contencioso administrativo].
  • Treinta (30) días para contestar consultas. [Artículo 25 código contencioso administrativo].

Los artículos del código contencioso administrativo referenciados no especifican si los días de plazo allí contemplados son hábiles o calendario, por lo que se hace necesario recurrir a otra norma para saber cómo interpretar estos días de plazo.

Sobre el respecto, dice el artículo 62 de la ley 4 de 1913 [Régimen político y municipal]:

En los plazos de días que se señalen en las leyes y actos oficiales, se entienden suprimidos los feriados y de vacantes, a menos de expresarse lo contrario. Los de meses y años se computan según el calendario; pero si el último día fuere feriado o de vacante, se extenderá el plazo hasta el primer día hábil.

Cómo la norma no ha hecho ninguna distinción entre días hábiles o calendarios, aplicaremos lo que dice el artículo 62 de la ley 4 de 1913, esto es que se tienen en cuenta sólo los días hábiles.

13 / 06 / 2010

Opinar o comentar

41 Opiniones en “Días de plazo para responder un derecho de petición son hábiles”
  1. jorge dice:

    CAMILA,con ese documento basta y solo tendrías que ir ante un consultorio jurídico de cualquier universidad para que uno de los practicantes te elabore la tutela y se presenta ante cualquier oficina de despacho judicial para que haga el respectivo proceso y lo envie al juez de tutela, solo eso.

    ESPERO QUE TE VAYA MUY BIEN.

  2. camila barbosa dice:

    nos dieron una orden (7 oct) de cita prioritaria con especialista para una cirugia de emergencia por posible cancer, la indicacion del medico ordenante era ser operado antes de finalizar el mes. la cita la dieron para 15 de nov y se solicito adelantarla, hasta el momento no han dado respuesta positiva, solo llamo el departamento de calñidad a ver si ya habian atendido pero nada y ya hoy termina el mes. nos indican que hay que seguir esperando que debo hacer?

    • jorge dice:

      presentar una acción de tutela basado en el dictamen del medico tratante quien manifiesta, espero que por escrito la gravedad de la situación, a lo que el juez de tutela tendrá que tutelar el derecho a la vida y ordenar inmediatamente la ejecución de la operación.
      Espero haber sido de ayuda.

      • camila barbosa dice:

        jorge muchas gracias, desafortunadamente solo nos dieron la orden para el cirujano de cuello y cabeza con anotacion de prioritaria……es posible con eso hacer algo o esperamos a la orden de cirugia y enseguida ponemos la tutela…..en donde se presenta la tutela…….

  3. Sanvaq dice:

    Buenas tardes:
    Solicito de su asesoría, por favor; Resulta que trabajé para una EPS durante 6 años,devengando un salario mensual de $916.000, me retiré el 01 de agosto/2011, y cuando estaba haciendo las gestiones para el retiro de las cesantías, me informó el fondo de cesantías, que únicamente me habían consinando las cesantías x $176.00 para el periodo correspondiente al año 2010, yo trabajé todo el año sin ninguna interrupción y obviamente se trataba de un error, lo notifiqué varias veces x correos electrónicos a la empresa y por última instancia, envíe un derecho de petición, solicitando pagar el excedente de mis cesantías el 13 de septiembre, el cual me pagaron la semana siguiente, mi pregunta es ¿La empresa me debe pagar intereses moratorios por el valor que hizo falta pagarme por mis cesantías? por cuánto sería si diera lugar este proceso? Aún no me han respondido al derecho de petición que envíe, qué debo hacer ahora?

  4. jorge dice:

    Lina debe buscarse un abogado que le colabore con el caso, aqui no cabe la tutela , pero si debe adelantar la demanda a la inmobiliaria porque no esta permitido por LEY cobrar deposito en el tema de arriendo, ademas debería solicitar en la oficina de instrumentos públicos de villavicencio un con certificado de tradicionn del inmueble ahí debe figurar quien es el dueño del predio para colocarlo al tanto de lo que esta ocurriendo. Ah y recuerde que no se deben firmar pagares en blancos a Nadie. Guarde sus recibos de pagos de los arriendos hasta la ultima fecha por si pretenden llenar dicho pagare sin su consentimiento. Por ultimo denuncie públicamente a esos bandidos para que otros no caigan en esas trampas, le aseguro que Ud no es la única.

  5. Lina Marcela Gil dice:

    Buenos Dias:

    Quisiera que alguien me pueda guiar en este caso.
    Tome una casa en arrendamiento en la ciudad de villavicencio por un año, un mes antes pase el comunicado de no prorroga de contrato a lo cual la inmobiliaria respondio positivamente y me puso como fecha el 28 de Junio. Yo no pude entregar la casa porque ya me encontraba en otra ciudad(bogota), pero envie a entregar la casa a mi mama mediante un documento autenticado donde expresaba que era mi representante el 28 de Junio; sin embargo por tropiezos en la carretera no pudo llegar a las 10:00 am, como habia expresado la inmobiliaria sino que llego a las 10:30 am (30 min de retraso); al llegar alli encontro un documento de la inmobiliaria donde radicaban hora de salida a las 9:40.
    Fue a la oficina de la inmobiliaria para pedirles que un designado les recibiera la casa ya nadie le ayudo, me comunique con la representante legal y me dijo que ella ya no podia hacer nada que estaban muy ocupados, que no podian recibirme la casa; yo le comente que estabamos radicados en bogotá que solucion nos daba y la representante me dijo que dentro de 8 días enviara un documento explicando el porque no se habi entregado la casa para que la parte juridica me respondiera.
    Mi mama procedio a ir a una notaria y dejo una declaracion extrajuicio comentando que fue a entregar la casa en el dia pactado y que por un retraso de 30 min la inmobiliaria no le queria recibir la casa, la cual por motivos de desplazamiento hicimos entrega a la presidenta del conjunto.
    Envie un derecho de peticion solicitando mi reintegro de $1.200.000 de deposito y mis papeles (entre ellos un pagare en blanco) y ya llevamos mas de 2 meses y no me responden.
    Me dicen que puedo colocar una accion de tutela, pero quiero saber como la puedohacer, es necesario que un abogado me represente?.

    agradezco quien me pueda guiar en este tema.
    GRACIAS

  6. Juan José Becerra dice:

    es posible que se eleve un derecho de petición a un colegio privado?, resulta que no me brinda información sobre los intereses que me está cobrando, de las pensiones que me demoré por pagar, y los honorarios de abogados por ese mismo concepto. Además me obligan a cancelar los honorarios de los abogados para permitirme firmar la matricula, sin esto mis hijas no podrán iniciar el año lectivo.

  7. maira dice:

    hola..!!buenos dias
    tendo incovenientes porque necesito hacer un derecho de peticion, no estoy segura que lo que deba hacer sea un derecho de peticion o una accion de tutela ya se me esta vulnerando en derecho a la salud..ayuda
    cual de los dos medios lo debo hacer..

  8. ADRIANA RUSSI dice:

    Buenos Dias: quiero saber que debo hacer o como proceder para impugnar una sancion no pecuniaria(propiedad Horizontal) que me impusieron, y en donde no se tuvo en cuenta el debido proceso , ni el derecho a la defensa, ademas interpuse un derecho de peticion solicitando aclaración de una cuenta de cobre,copias de unas actas, del reglamento de propiedad horizontal, y otros requerimientos y no me han contestado, cuanto tiempo debo esperar y si no se impugna esa sansión que puede suceder, como proceder, ante que organismo puedo poner mi queja.

    Gracias

    ADRIANA RUSSI
    Bogotá

  9. ferney galeano dice:

    El 26 septiembre del 2010 me hicieron un comparendo por no tener el documento de la tecnomecanica , pues en el momento se encotraba en bogota porque se nesecitaba para hacer el traspaso de dicho vehiculo, el señor agente ,me dice que si es verdad lo que le digo del tal documento, puedo apelar el comparendo.
    dentro de los 5 dias habiles me dirigi alas oficinas de la ciudad de valledupar donde me dijeron , que este problema lo solucionaba en rioacha ,bueno asi lo hice,el funcionario que me atendio me dijo: debe hacer un derecho de peticion y una fotocopia del comparendo y de la respectiva tecnomecanica ,tales documentos seran estudiados por la juez y ella dictamina si se validad o no el reclamo, hoy 26 de octubre me dirijo a internet con la convicion de que no encontraria ninguna multa pues muy claro estaba que la tecnomecanica habia sido realizada 16 dias antes; pero me encuentro que debo una multa de 257500$. por favor si alguien me puede esplicar que puedo hacer en este caso. pues desconosco la ley y no se si el comparendo se hace por no portar un documento o porque en realidad se infringe la ley

  10. ferney galeano dice:

    El 26 septiembre del 2010 me hicieron un comparendo por no tener el documento de la tecnomecanica , pues en el momento se encotraba en bogota porque se nesecitaba para hacer el traspaso de dicho vehiculo, el señor agente ,me dice que si es verdad lo que le digo del tal documento, puedo apelar el comparendo.
    dentro de los 5 dias habiles me dirigi alas oficinas de la ciudad de valledupar donde me dijeron , que este problema lo solucionaba en rioacha ,bueno asi lo hice,el funcionario que me atendio me dijo: debe hacer un derecho de peticion y una fotocopia del comparendo y de la respectiva tecnomecanica ,tales documentos seran estudiados por la juez y ella dictamina si se validad o no el reclamo, hoy 26 de octubre me dirijo a internet con la convicion de que no encontraria ninguna multa pues muy claro estaba que la tecnomecanica habia sido realizada 16 dias antes; pero me encuentro que debo una multa de 257500$. por favor si alguien me puede esplicar que puedo hacer en este caso. pues descosco la ley y no se si el comparendo se hace por no portar un documento o porque en realidad se infringe la ley

  11. dayana dice:

    Quiero saber si en la empresa que trabaje durante casi un año y 8 meses sin contrato escrito tengo derecho a una LIQUDACION, teniendo en cuenta que fui despedida, y que laboraba en temporadas de estuduio haciendo turnos de seis horas, domonicales y festivos.
    Cumplia horas laborales completas en vacaciones al igual que domingos y festivos. Muchas Gracias

  12. MARGARITA dice:

    Hace tres meses pedi mi tiempo de servicio para poder solicitar mis cesantias definitivas ,fui retirada de mi trabajo pues estaba alli en provisionalidad y hasta ahora no se me ha pagado la liquidación me dicen que mi tiempo de servicio no me lo entregan porque apenas estan entregando los que lo solicitaron en enero que las prestaciones me las pagan en el otro mes
    pregunta que puedo yo hacer al respecto y a que tengo derecho

  13. yulieth paola paez zamudio dice:

    quiero saber saber si puedo emviar un derecho de peticon a la empresa con la que trabaje solicitando me sean pagadas todas mis prestaciones de ley, ya que trabaje 15 meses de corrido sin gozar de ningun beneficio simplemente huvo un contrato verbal. Tuve que acudir al medico en 2 ocasiones en las que fui incapacitada por una faringeoamigdalitis causada por el polvilo que recibo en mi sitio de trabajo en las 2 ocasiones presente a mi jefe inmediato las incapacidades que fueron descontadas de mi sueldo, ya que no poseo seguridad en salud por parte de mi empleador. los costos medicos son asumidos por mi.El dia 30 de jun de 2010 fui despedida sin una causa justa, mi jefe me dijo en el instante que terminaba mis labores que al dia siguiente no volviera mas porque el gerente estava tomando medidas disciplinarias. que puedo hacer agradezco su atencion y espero una pronta respuesta

    • jorge dice:

      Yulieth Usted debe acercarse a la oficina de trabajo mas cercana, con los comprobantes de pago que venia recibiendo y que demuestren su subordinacion laboral, con esa empresa, recibos de primas, etc , ademas del testimonio de personas que atestiguen que la veian entar y salir del lugar, manifieste dentro de la denuncia, el tipo de labor para lo cual fue contratada, y enuncie asi mismo el tipo de riesgo al que era sometida.

      Todo contrato verbal se asimila en todos sus efectos a un contrato escrito,asi no lo haya firmado por nincguna de las partes. LLeve tambien los recibos de los gastos medicos ademas del diagnostico medico.Entregue fotocopias de todos los documentos , NO entregue los originales.

      De otra parte podría enviar un derecho de peticion a su empleador, pidiendole que responda las razones por las cuales , no le ha cancelado su indemnizacion, por que? no la habia ingresado al Pos y a la ARp. El al responderle estaría ratificando que Si conocia y reconoce esa relación laboral.

      Espero haberle ayudado.

  14. carlos muñoz dice:

    mi caso el 24 de junio de 2009 solicite a caprecom el reconocimiento y pago de pension en la modalidad de 20 años de servicio al estado y 50 años de edad.
    mi solicitud fue respondida con la radicacion en fecha del 22 de febrero de 2010.
    se me niega este derecho en relacion a que caprecom en su Relacion de Tiempo de Servicio solo relacionan 640 dias de vinculacion. y al tiempo de ingreso solo figuro con un tiempo de 19 años, 03 meses y 11 dias.
    en la Relacion de Tiempo de Servicio expedida por telecom en liquidacion figuran un tiempo de 1031, y que anexadas al tiempo de ingreso y al fecha de terminacion de mi contrato de trabajo por liquidacion de la telecom que fue el 26 de julio de 2003, figuro con un tiempo de servicio al estado de 20 años, 03 meses y 28 dias.
    es decir que la la RTS DE CAPRECOM figuran 6 4 0 DIAS
    y con relacion a la RTS DE TELECOM EN LIQUIDACION figuran 10 3 1 DIAS
    diferencia de dias a mi favor de 3 0 9
    mi pregunta esta diferencia a mi favor fue violatoria por parte de caprecom para no reconocerme mi pension.
    el tiempo que se tomo caprecom de 08 meses 01 dia para darme respuesto a mi peticion fue legal.
    puedo ejercer un derecho de peticion para solicitar la revision e impugnacion del acto administrativa
    de antemano agradezco su amable atencion y a la espera de una respuesta.
    carlos

  15. CESAR dice:

    En mi caso quiero saber que tan efectivo seria envian un derecho de peticion a la empresa con la que trabajé solicitando el pago de mi quincena y de igual manera de la liquidacion ya que segun asesoría del ministerio de proteccion social esta se debe cancelar al día siguiente de pasar la carta de renuncia.

  16. CESAR dice:

    En mi caso quiero saber que tan efectivo seria envian un derecho de peticion a la empresa con la que trabajé solicitando el pago de mi quincena y de igual manera de la liquidacion ya que segun asesoría del ministerio de proteccion social esta se debe cancelar al día siguiente de pasar la carta de renuncia.

    agradezco inmensamente su colaboración.

  17. luis lopez dice:

    la respuesta del derecho de peticion debe ser por escrita o puede ser verba? redacte un derecho de peticion el 26 de enero a los 4 dias me llamaron y me dijeron que estaba solucionado pero la otra parte de la peticion que hace referencia al reporte del CIFIN me dicen que lo contestaran en 15 dias a la recha 16 de feb no lo han echo
    que debo hacer en este caso?
    gracias.

    • jorge dice:

      toda peticion debe hacerse en forma escrita y debe contener el nombre completo del reclamante, direccion de correspondencia y telefono ademas de la identificacion. Desde la fecha en que lo presentó debe contar 15 dias habiles como plazo maximo para recibir la contestacion, de no ser asi se acude a la figura de “silencio administrativo positivo” , que deja en firme la respuesta positiva a nuestro favor de lo que pedimos,solicitamos, o reclamamos. De obtener una respuesta no esperada quedan dos recursos de apelacion y casacion ante el ente superior. Aporte pruebas siempre de lo que manifiesta. y no se deje ganar con cuentos ni inventos, tampoco reciba ninguna correspondencia que venga por fuera del plazo establecido por la Ley. cualquier duda solo manifiestela.

      • Jose Fernando Trujillo G dice:

        Cuidado con ese concepto. Por regla general el silencio Administrativo, es negativo. Los casos del Silencio Administrativo positivo son taxativos de ley, es decir, la norma debe decir expresamente para qué situación se configura el silencio administrativo positivo, a través de un acto ficto o presunto positivo, que debe protocolizarse ante notaría.

  18. EFRAIN dice:

    Me encuentro en la ciudad de Medellin, y me entere que tengo un parte del año 2001 por pico y placa, me dicen que este parte ya caduco y que necesito hacer un derecho de peticion para que me retiren del SIMIT. Mi consulta es la siguiente: ¿Puedo hacer el derecho de peticion desde Medellin o me toca ir hasta Bogotà, para hacerlo en la Sec. de transito de alla, como puedo hacer para que me retiren del SIMIT?
    Gracias por la colaboraciòn

    • jorge dice:

      Debe hacer el derecho de peticion al organismo que lo reporto, en la ciudad respectiva, pero igual lo puede enviar a traves de algun amigo que lo lleve como tal, dado que una vez recibido recibe un radicado en la copia del mismo que es el documento que soporta la prueba de que se entrego en una fecha como tal.

  19. jesus maria palma dice:

    soy ahorrador de una cooperativa en donde la empresa que trabajaba para promover la cooperativa propuso que por cada peso que ud ahorrara la empresa colocaba otro peso a tu cuenta y la unica condicion era que no se sacara esos ahorro si no hasta que se pensionara,quedando asi en los estatutos, pasaron los años y este capital ahorrado no se esta manejando como ahorro si no como aporte donde los intereses se estan liquidando de una forma diferente, hoy en dia estoy pensionado y quiero retirar ese capital ahorrado y no llenan las espectativa que esperaba, como pedria solicitarle a esta cooperativa la reliquidacion de los ahorros y no la liquidacion de los aportes que son dos cosas diferente.
    atte jesus

  20. nadia dice:

    alguien tiene un modelo para dar respuesta a un derecho de peticion.

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