Calculadora de licencia de maternidad

Liquidador licencia de maternidad.

Liquide la licencia de maternidad, tanto el número de días de licencia como su valor económico. Diligencie el siguiente formulario según las instrucciones que hay al final.





Instrucciones.

Instrucciones.

La licencia de maternidad es de 18 semanas, que se distribuirán en 1 o 2 semanas antes del parto y el resto luego del parto.

Para liquidar la licencia de maternidad requiere ingresar los siguientes datos:

  1. Es el salario mensual de la empleada. Si tiene salario variable, debe ingresar el promedio respectivo de los últimos 12 meses o los que correspondan si lleva menos de 12 meses de vinculación. No incluya auxilio de transporte debido a que no se paga durante la licencia de maternidad.
  2. Fecha probable de parto. Es la fecha probable del parto que el médico ha estimado y que debe estar en la historia clínica y en el certificado de licencia de maternidad.
  3. Fecha en que nació el bebé. Es la fecha en la que nació el bebé, que puede ser la misma fecha probable de parto, una posterior o una anterior. Es la fecha que figura en el certificado de nacido vivo.
  4. Tipo de parto. Indique si es un parto estándar o normal, o si es un parto múltiple (2 o más bebés).
  5. Fecha en que se inicia la licencia. Es la fecha a partir de la cual la empleada inicia la licencia de maternidad, que servirá para determinar cuándo finaliza según los días de licencia que resulten de la liquidación.
Licencia de maternidad.La licencia de maternidad consiste en un descanso remunerado de 18 semanas que debe pagar la EPS o en su defecto el empleador. Requisitos...

Observaciones.

A continuación, se precisan las consideraciones que se tuvieron en cuenta para desarrollar la herramienta.

Parto múltiple.

Cuando se trata de un parto múltiple la licencia de maternidad se incrementa en 2 semanas adicionales a las 18 de ley.

Se adicionan 2 semanas independientemente de si son 2, 3 o 4 bebés.

Parto prematuro.

Cuando se trata de un parto prematuro, la licencia de maternidad se incrementa en el número de días de diferencia entre la fecha probable de parto indicada por el médico y la fecha en que realmente nació el bebé.

El ministerio de salud en diversos conceptos, oficios y circulares (CE 000024 de 2017, por ejemplo), ha dispuesto que un parto se considera prematuro cuando ocurre antes de cumplir la semana 37 de gestación, en consecuencia, si el bebé nace en la semana 37, 38 o 39, no se considera prematuro para efecto de la licencia de maternidad.

Nacimiento a término.

Se asume que el nacimiento a término ocurre a las 40 semanas de gestación, que se cumplen en la fecha probable de parto indicada por el médico tratante.

Este valor se utiliza para determinar las semanas que se adelantó el nacimiento, que son las que se suman a las 18 semanas de licencia.

Por ejemplo, cuando el bebé nace a las 36 semanas de gestación, estas se restan a las 40 semanas y el resultado es el que se suma a las 18 semanas, en este caso 4, por lo que en este supuesto la licencia será de 22 semanas. Se recuerda que esta operación se hace siempre que el bebé nazca antes de cumplir las 37 semanas de gestación.

Este cálculo se hace automáticamente a partir de las fechas ingresadas, y no hace falta que el usuario indique si el parto es prematuro o no.

Parto no viable.

Cuando hay aborto o parto o viable, es decir, el bebé no nace vivo la licencia será de 2 o 4 semanas, según el criterio del médico razón por la cual esta herramienta no la liquida, ya que dependerá de lo que cada médico disponga, y si el médico dispone que la paciente requiere más de 4 semanas, el exceso se tratará como una incapacidad normal.

Si el bebé nace vivo, pero fallece luego de nacido (minutos, horas o días después), aplica la licencia de maternidad completa de 18 semanas y se tratará como un parto normal o estándar. En este eventose debe expedir el certificado de nacido vivo que servirá de soporte para la respectiva licencia.

Licencia proporcional.

La aplicación no liquida la licencia proporcional en razón a que está dirigida al empleador, quien debe pagarla completa incluso si la empleada no cotizó durante todo el periodo de gestación.

Recuérdese que la licencia de maternidad no suspende el contrato de trabajo, y en consecuencia el empleador deberá seguir pagando su salario y prestaciones a la trabajadora, lo que incluye la licencia de maternidad.

La licencia proporcional aplica para la EPS quien la reconocerá en forma parcial en los casos que la norma considera, debiendo el empleador asumir la parte que no reconozca la EPS.

Resultado.

El resultado se presenta en semanas y en días de licencia a fin de reconocer la fracción de semana que llegare a resultar, como por ejemplo 20.5 semanas.

El resultado en días se aproxima hacia arriba, para que la licencia quede en días completos, no 130.5 o 136.2 días.

Finalmente, el número de días se multiplica por el salario diario para determinar el valor total de la licencia de maternidad, que debe ser pagada directamente por el empleador independientemente de si la EPS la reconoce o no, o si la reconoce de forma proporcional en razón a no haber cotizado durante todo el periodo de gestación.

Herramienta basada en los valores vigentes para el 2024.

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  1. Alejandrp (julio 2 de 2023)

    ¿En donde puedo encontrar una calculadora, o la formula con la que se calcula la incapacidad por maternidad para quienes tienen un contrato de prestación de servicios?. Se me ha hecho dificil encontrar esta información ya que solo aparece la manera en la que se calcula la licencia de maternidad, osea la calculadora para quienes tienen contratos laborales.

    Responder
  2. Alexandra (septiembre 24 de 2023)

    Ya descargué el Adaware pero no puedo ver el aplicativo de la liquidacion de la licencia de maternidad

    Responder
  3. Yudit (febrero 7 de 2024)

    Qué puedo hacer si mi parto fue prematuro pero en la licencia no me sumaron el tiempo que me hizo falta para que fuera a término.

    Gracias

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Yudit (febrero 7 de 2024)

      Es preciso reclamar a la EPS para que corrija y ajuste la licencia de maternidad adjuntando los documentos respectivos.

      Saludos

      Responder

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