Tabla de semanas cotizadas en Colpensiones
La pensión en Colpensiones depende en gran medida del número de semanas cotizadas, que son las que definen la tasa de reemplazo o porcentaje de pensión, de manera que, entre más semanas cotizadas, más alta será la tasa de reemplazo y, por consiguiente, mayor será su mesada pensional.
El punto de partida.
Existe una tasa de reemplazo (porcentaje) inicial que se obtiene con las semanas mínimas requeridas para pensionarse, que para los hombres es de 1.300 y para las mujeres es de 1.250, y a partir de esas mínimas la tasa de reemplazo se incrementa en 1.5% por cada 50 semanas adicionales.
Sin embargo, en el caso de las mujeres, Colpensiones tiene una interpretación restrictiva porque, en su entender, el artículo 134 de la Ley 100 de 1993, que establece la fórmula para calcular la tasa de reemplazo, no fue modificado y, por lo tanto, sigue atado a las 1.300 semanas tanto para hombres como para mujeres.
Esto quiere decir que una mujer, así se pensione con 1.250, su tasa inicial de reemplazo solo se incrementará a partir de 1.300 semanas, criterio que no compartimos por ser desfavorable a la afiliada.
Tasa de reemplazo según las semanas cotizadas.
Para un IBL de un salario mínimo mensual, la tasa de reemplazo según las semanas cotizadas que tenga es la siguiente:
| Semanas cotizadas | Tasa de reemplazo |
|---|---|
| 1.300 | 65,0% |
| 1.350 | 66,5% |
| 1.400 | 68,0% |
| 1.450 | 69,5% |
| 1.500 | 71,0% |
| 1.550 | 72,5% |
| 1.600 | 74,0% |
| 1.650 | 75,5% |
| 1.700 | 77,0% |
| 1.750 | 78,5% |
| 1.800 | 80,0% |
Esta tabla de cotizaciones es correcta siempre y cuando el IBL sea exactamente de un salario mínimo mensual, porque si supera ese monto, el asunto cambia debido a la fórmula decreciente que implementa el artículo 134 de la Ley 100 de 1993, que no fue modificada por la reforma pensional.
Tasa de cotizaciones con tasa de reemplazo decreciente
La tabla de cotizaciones cambia cuando se aplica la fórmula decreciente para hallar la tasa de reemplazo inicial, que consiste en que, entre más alto es el IBL convertido en salarios mínimos, más baja es la tasa de reemplazo inicial.
La fórmula es la siguiente:
TR = 65.5 – (S*0.5)
Si el IBL convertido en salarios mínimos es igual a 1, tenemos:
TR = 65.5 – (1*0.5) = 65%.
Si el IBL es de 4 salarios mínimos, la tasa inicial de reemplazo será:
TR = 65.5 – (4*0.5) = 63.5%.
Esto significa que por cada salario mínimo adicional, la tasa inicial de reemplazo disminuye 0.5, de modo que se requieren más semanas para obtener una tasa de reemplazo del 80%, como puede verse en la siguiente tabla:
| Semanas cotizadas | Tasa de reemplazo |
|---|---|
| 1300 | 63,5% |
| 1350 | 65% |
| 1400 | 66,5% |
| 1450 | 68% |
| 1500 | 69,5% |
| 1550 | 71% |
| 1600 | 72,5% |
| 1650 | 74% |
| 1700 | 75,5% |
| 1750 | 77% |
| 1800 | 78,5% |
| 1850 | 80% |
Esto lleva a que una persona con un IBL alto necesite más de 2.000 semanas para alcanzar el 80%.
Debido a que hay casi infinitas posibilidades según el IBL de cada afiliado, diseñamos la siguiente herramienta en línea que le indicará exactamente su tasa de reemplazo en función del número de semanas que ha cotizado y su IBL.
Tabla de cotizaciones en la historia laboral de Colpensiones.
La historia laboral que entrega Colpensiones contiene una tabla de cotizaciones detallada, mes a mes.
Cada mes cotizado ofrece los siguientes valores relevantes:
- IBC reportado
- Días reportados
- Días cotizados
El número de semanas que certifica Colpensiones es calculado según los días cotizados, que corresponde a la columna [45].
Este dato es importante porque los días cotizados no siempre coinciden con los días reportados, que son los que reconoce Colpensiones.
Es normal encontrar que el afiliado reporta 30 días, pero Colpensiones reconoce 0 días, o 20, o cualquier otro valor inferior a los que reportó el afiliado, y esto hace que en la historia laboral aparezcan menos semanas cotizadas de las esperadas. En tal evento, se debe solicitar una verificación para determinar si es error de Colpensiones o del empleador.
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