Actualmente, la pensión de vejez está regulada por la Ley 100 de 1993, que contempla dos requisitos para pensionarse:
Para obtener la pensión se deben cumplir los dos requisitos.
Las mujeres tienen un requerimiento de semanas cotizadas menor, y la norma estableció para ellas una reducción gradual hasta llegar a 1.000 en 2035.
Las mujeres que cumplan los 57 años en 2026 solo requieren 1.250 semanas.
La reforma pensional de 2024 introduce un beneficio para las mujeres que consiste en reducir 50 semanas de cotización por cada hijo nacido vivo hasta un máximo de 150 semanas.
Esta reducción aplica solo para completar las semanas mínimas requeridas para pensionarse y no se pueden utilizar para incrementar la tasa de reemplazo.
Si la mujer ya cuenta con las semanas mínimas requeridas, entonces no puede beneficiarse de esa reducción, y si le faltan 50, por ejemplo, solo puede beneficiarse por un hijo, aunque tenga 2 o 3.
Si desea conocer si para su caso particular le aplica la reducción de semanas por hijos, utilice la siguiente calculadora.
Art. 36 · Ley 2381 de 2024 · Semanas reducidas por hijos nacidos vivos
| Concepto | Valor |
|---|
⚠️ Esta herramienta es orientativa. Las semanas mínimas pueden actualizarse por decreto. Verifique siempre con Colpensiones o un asesor certificado. Tabla de transición basada en la Ley 2381 de 2024.
La regla general es que las mujeres se pensionan a los 57 años y los hombres a los 62 años, pero hay casos especiales donde la pensión se obtiene con una edad inferior.
Es el caso de los padres que tienen un hijo con discapacidad, que se pueden pensionar a cualquier edad siempre y cuando hayan completado las semanas mínimas necesarias.
Por ejemplo, una madre que tiene 50 años, tiene 1.300 semanas cotizadas y tiene un hijo con discapacidad, se puede pensionar con esa edad, y esa pensión será temporal en la medida en que se cumplan los siguientes requisitos:
Las personas, tanto hombres como mujeres, que hayan desarrollado actividades de alto riesgo se pueden pensionar inicialmente a los 55 años, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
A partir de las 700 semanas cotizadas en actividades de alto riesgo, por cada 60 semanas adicionales, la edad de pensión se disminuirá en 10 años, sin que la edad de pensión sea inferior a 50 años.
Así, una persona que haya cotizado 1.000 semanas de alto riesgo se puede pensionar a los 50 años.
Cuando la persona no logra cumplir los requisitos para obtener la pensión de vejez, puede solicitar la indemnización sustitutiva o seguir cotizando hasta completar los requisitos.
Esto aplica cuando la persona cumple la edad sin haber completado las semanas mínimas requeridas.
Próximamente se publicará el contenido de esta guía.