Cuando el trabajador tiene un salario variable, se debe promediar para liquidar conceptos como auxilio de cesantías, prima de servicios, vacaciones e indemnización por despido injusto. Al determinar el promedio, se deben excluir los períodos en los que el trabajador estuvo incapacitado y por los cuales no recibió salario, que es el concepto a promediar.
Lo que dice la Corte Suprema de Justicia.
La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL1659-2025, dispuso claramente la necesidad de excluir los períodos de incapacidad:
«Pero para que la operación conserve un equilibro en la retribución, el promedio sólo permite computar tiempos efectivamente devengados, lo que excluye los períodos en los cuales el contrato estuvo suspendido y no se percibió suma alguna, así como el tiempo en el que devengó la incapacidad.»
Si lo que se va a promediar es el salario, no se pueden incluir conceptos distintos al salario, como el auxilio de incapacidad. Por lo tanto, los períodos en los que se recibió auxilio de incapacidad se excluyen y sólo se contabilizan los meses en los que se recibió salario.
Adicionalmente, ha dicho la Corte que, cuando se va a promediar el último año, se excluyen los lapsos de tiempo en los cuales el trabajador estuvo incapacitado. De modo que, si en el último año el trabajador estuvo 1 mes incapacitado, por ejemplo, el promedio debe incluir 13 y no 12 meses, porque si se incluyeran 12 meses, de ellos el trabajador sólo laboró 11. La ley manda a promediar el último año de servicios, es decir, los últimos 12 meses efectivamente laborados por el trabajador.




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