Fecha a partir de la cual las declaraciones deben ser firmadas por el revisor fiscal
¿Si una empresa tenía la obligación de tener revisor fiscal porque en el 2022 superó los topes de INGRESOS, es la presentación de esa declaración de renta que se hace en el año 2023, la que debe de estar firmada por el RF y las demás declaraciones que se presenten durante el año 2022?
Respuestas: (1)
Si en el 2022 se superaron los topes que obligan a tener revisor fiscal, la necesidad de firmar las declaraciones tributaria surge a partir del periodo gravable 2023 que se declara en 2024, que es el año de presentación de la declaración de 2023.
Es decir que la declaración de renta que se presenta en 2023 no requiere la firma del revisor fiscal, porque corresponde a la declaración del 2022, año en el que no existía la obligación de tener revisor fiscal.
Consulte: Firma del revisor fiscal en las declaraciones tributarias.
El artículo 13 de la ley 43 de 1.990 señala que están obligadas a tener revisor las sociedades comerciales que en el año inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos iguales o superiores a 3.000 salarios mínimos, de manera que, si ese tope se cumplió en 2022, a partir de 2023 existe la obligación de tener revisor fiscal.
Debe tenerse en cuenta que se toma como referencia el año anterior al periodo gravable que se declara, y si el periodo gravable que se declara es el 2023, el año inmediatamente anterior a este es el 2022, pero como el impuesto de renta se declara en el año siguiente, la firma se requiere es en la declaración del 2024, que corresponde al 2023.
En el año 2023 se declara el 2022, y el año anterior al 2022 es el 2021, año en el que no se superaron los topes para tener revisor fiscal.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, abril 5). Fecha a partir de la cual las declaraciones deben ser firmadas por el revisor fiscal [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/fecha-a-partir-de-la-cual-las-declaraciones-deben-ser-firmadas-por-el-revisor-fiscal-189/
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