¿Qué sucede cuando un heredero fallece antes de liquidar la sucesión?
¿En una sucesión intestada, qué sucede con la porción de un heredero sin hijos que fallece durante la sucesión ya habiéndose hecho parte y estando la misma sin liquidar en Colombia?
Respuestas: (1)
Cuando un heredero fallece y por consiguiente no puede reclamar la parte que le corresponde, se aplica la representación sucesoral a que hace referencia el artículo 1041 del código civil.
Esto significa que la parte que le correspondía al heredero fallecido, corresponderá a sus herederos, y como en este caso el heredero no tiene hijos, es decir, no tiene herederos del primer orden, corresponderá a los herederos del segundo orden que pudiera tener (cónyuge y padres), y si tampoco tiene cónyuge y tal vez por eso no tuvo hijos, ni padres porque ya fallecieron y por eso se está liquidando la sucesión, entonces corresponderá a los herederos del tercer orden, que son los hermanos, por lo que en la práctica la parte del heredero fallecido será repartida entre sus hermanos, es decir, que acrecentará la parte que le corresponde a los demás herederos.
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