Acción de simulación
La acción de simulación es un recurso que permite a una persona solicitar al juez que se declare la simulación de un acto jurídico, lo que implica la declaración de inexistencia del acto en cuestión, o se declare su nulidad.
La simulación consiste en una maniobra encaminada a ocultar el verdadero negocio jurídico llevado a cabo entre las partes, maniobra que puede ser fraudulenta.
Por ejemplo, el caso de la persona que celebra un contrato de compraventa sobre un vehículo, pero en la realidad no se transfiere el vehículo, ni hay intención de ello.
Esta figura puede utilizarse para provocar la insolvencia, o para hacer creer a terceros que se es propietario de un determinado bien.
En el primer caso, el padre para evitar que le embarguen su vehículo, se lo traspasa a su hijo, pero el padre sigue ejerciendo como propietario de ese vehículo. Como se observa, el acto de compraventa ha sido simulado, pues en realidad no se ha producido la venta.
En el segundo ejemplo, el padre le hace el traspaso del vehículo a su hijo, para que este pueda demostrar la tenencia de una propiedad para que un banco le realice un préstamo, etc.
En la simulación, el contrato de compraventa o la escritura pública, son legales, puesto que se ha seguido con todos los requisitos y formalidades de ley, pero la voluntad real de las partes es diferente a la voluntad expresada en los documentos.
La acción de simulación permite a una persona que se haya visto afectada por l simulación del contrato o negocio, demande ante un juez para que este declare la simulación y por consiguiente la inexistencia de contrato, o su nulidad, lo que implicará que los bienes o propiedad objetos de la simulación, vuelvan al patrimonio del dueño original.
La acción de simulación tienen su fundamente esencial en el artículo 1766 del código civil colombiano cuando dice:
Las escrituras privadas, hechas por los contratantes para alterar lo pactado en escritura pública, no producirán efecto contra terceros.
Tampoco lo producirán las contraescrituras públicas, cuando no se ha tomado razón de su contenido al margen de la escritura matriz, cuyas disposiciones se alteran en la contraescritura, y del traslado en cuya virtud ha obrado el tercero.
Respecto a la simulación, la sala de casación civil de la corte suprema de justicia en sentencia del 9 de julio de 2002, expediente 6411 ha dicho:
(…) Como es sabido, cuando se habla de simulación no se alude a un vicio en los negocios jurídicos, sino a una forma especial de concertarlos conforme a la cual las partes consciente y deliberadamente disfrazan la voluntad real de lo acordado, (…).
Existen dos clases de simulaciones: Relativa y absoluta, sobre las que trataremos en otro documento.
También es pertinente anotar que la acción de simulación puede parecer similar a la acción pauliana, pero existen importantes diferencias que luego abordaremos.


existe un parqueadero para la venta y a mi me interesa, resulta que la señora que lo vende dice tener u poder del esposonque es el nueño y que ella me lo vende.que devo hacer. lo compro?.
Mi consulta es si se puede hacer anulacion o juicio por simulacion? ¿Si puedo hacerlo despues de la muerte de mi Padre? ¿En cuanto tiempo prescribe? ¿Si tengo que hacerlo ya o puedo esperar a su muerte? Paso a explicar el caso…Mi padre tienen un terreno como bien propio, se lo vendio (fraudulosamente) a mi hermana, sin consentimiento de las otras dos o sea mi otra hermana y yo. Ellos dicen que su escribana dijo que es todo legal y que mi Padre puede hacer lo quiere con su terreno, pero tengo entendido que en Argentina nadie puede venderle a un hijo un bien si hay otros hijos herederos forzosos, si esto es asi.¿que puedo hacer? y cuanto tiempo tengo? Gracias, necesito su asesoria urgente.
mi problema es que mi bisabuelo hizo una simulacion de compra y venta asu hermana solterona de un terreno.para evitar que le embarguen poque el fue garante de un dinero.fallece mi bisabuelo y entonces tres de sus hijos hacen la minuta como si lo hubieran comprado a su tia. es decir asu hermana de mi bisabuelo,afectando a los demas hermanos ya que fueron siete en total, los cuales son falleidos.uno de sus hijos es mi abauela,yo soy nieto unico.mi padre tambien es fallecido,un tio primo hermano de mi papá quiere despojarme de mi propiedad a la fuerza.a pesar que este problema ya paso por lo penal en lo civil y en la sala superior,porque me denuncio por desalojo precario siendo la setencias a mi favor,por eso busco la anulacion de dicha compra simulada ya que cada uno maneja su posicion.este documento afecto a mi abuela y a mi papá y ahora mi persona.ahora quiere imgresar a la fuerza.le agredecere me ayuden para todos que somos herrederos y estar en paz.
di un poder de confianza , a la esposa de un hermano y ella abusivamente lo escrituro el bien en el 2004 y y esto fue , por un secuestro de mi hermana, por si ami me pasaba algo mortal,,, mi mama tubiera recurso para sus gastos personales y hasta hace dos meses me entere que ya habían escriturado el bien a nombre de una empresa familiar de ellos,, y primero ellos decían q era un regalo mio, para las hijas de mi hermano,, y ahora salen que me pagaron el bien en efectivo hace 6 años en una fiesta de 15 años y hicieron en notaria un acto de compraventa,,,,, ya perdi el bien, o ya prescribió alguna acción judiccial o q puedo hacer,,,, gracias
allí hay un dolo, puede seguir un proceso penal, ella tiene que demostrarle el supuesto recibo o transacción del precio, osea el dinero, porque el poder no da para poner un bien inmueble a nombre del apoderan te sin el consentimiento del que otorga el poder.
LA SIMULACIÓN DA CÁRCEL
Le consulto el siguiente caso: Mi padre me otorgo un poder general por medio de escritura púbica,(en fecha 24 de febrero de 2005) para el manejo de todos su bienes, dineros, presentes y a futuro, el murió el 12 de julio de 2009, realice la venta de unos de sus inmuebles el 10 de julio del 2009. En vida de mi padre les otorgo amis tres hermanas propiedades por individual a cada una. Ellas quieren emprender una acción jurídica para el otorgamiento de una parte igual del inmueble en mención para cada una, aclarando que para el caso mio aun no se ha asignado ninguna propiedad.
Que acciones pueden proceder para dejar sin efecto el poder que mi padre me otorgó?
Qué figuras jurídicas pueden utilizar para deshacer la venta del inmueble en mención?
En caso de que este bien entre en sucesión puedo llamar a que entren las propiedades que inicialmnete el entrego en vida a ellas también a repartir en sucesión?
Dr. cual es el termino legal para iniciar la acción de simulación ante un despacho judicial, de una escritura por venta de un predio urbano.
favor no dejar pasar fecha actual.
para la particion de bienes se citaron por intermedio del jusgado a todos los que en ella intervenimos el dia 15 de agosto del 2011. no debo dejar pasar esta fecha porque perdere todo derecho.
le comento que realize con la madre de mis hijos con quienes no vivo desde 10 años atras, ellos son 3 . el mayor tiene 26 años, 24años y la niña menor 15años. murio mi padre hace 4años, me nacio llamarla para transpasarle los derechos de de mi parte en la suceccion, se realizo una escritura en una notaria de la ciudad, en ella figura como venta. aparte se realizo un documento de simulacion de vente ya que en realidad le transpasaba a mis hijos pero por aber una menor no se podia a nombre de ellos y tocaba a nombre de su señora madre. hace un año ella entra a demandarme por alimentos de mi hija a quien le consigno mensualmente, esto en represaria a que la sucesion no se liquidaba puesto que somos 14 hijos de 3 hogares. hoy se recibe la noticia que dicha sucecion llega asu punto final. reparticion de bienes. puedo yo reclamar mis derechos a la herecia como hijo del fallecido,o pierdo estos derechos teniendo bases suficientes. al separarme de ella no reclame particion de bienes por los hijos, dejando ver que ellos eran quienes difrutarian de ellos. hoy despues de 10 años no cuenta con nada de ello por su mal manejo. que me recomienda y como debo hacer para reclamar y administrarle a ellos esta plata.les agradesco me guien en bien de un buen final .gracias.