Valor patrimonial de las acciones, aportes y demás derechos sociales que se informan en la declaración de renta

Las acciones, aportes y demás derechos sociales poseídos en cualquier clase de sociedades o entidades, en el último día del año o período gravable, forman parte del patrimonio bruto del contribuyente y deberán ser informados en su correspondiente denuncio rentístico; este tipo de derechos pueden tener la calidad de activos fijos cuando no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios, y activos movibles cuando se adquieren para ser enajenadas dentro del giro ordinario de los negocios. El valor patrimonial por el cual se deben declarar, corresponde al costo fiscal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 272 del Estatuto Tributario.

Ahora bien, el costo fiscal de los derechos sociales que posea el contribuyente en sociedades nacionales o extranjeras, independientemente si cotizan o no en la Bolsa de Valores, se pueden declarar por el valor de adquisición o el costo declarado en el año inmediatamente anterior, costo de adquisición ajustado por el incremento porcentual y el costo expresado a la tasa de cambio oficial a 31 de diciembre.

El valor de adquisición o el costo declarado en el año inmediatamente anterior, corresponde al costo fiscal regulado por el artículo 69 ibídem y consiste en tomar el precio de adquisición ajustado por inflación a 31 de diciembre de 2006, según el caso; y en forma opcional podrá ajustarse por el reajuste fiscal  autorizado por los artículo 70 y 868 ibídem.

El costo de adquisición ajustado por el incremento porcentual, corresponde al costo fiscal que pueden tomar las personas naturales, él cual está regulado por el artículo 73 ibídem y consiste en multiplicar el costo de adquisición  por el factor de incremento porcentual (Decreto 4930 de 17 de diciembre de 2009).

El costo expresado a la tasa de cambio oficial, corresponde a las acciones poseídas en sociedades extranjeras, cuyo valor al final del año se debe convertir a la moneda funcional.

Por lo anterior, el valor patrimonial de las acciones, aportes y demás derechos sociales, corresponde al costo fiscal; por consiguiente el valor intrínseco o el valor en la Bolsa de Valores, no se deben tener en cuenta para efectos tributarios.

08 / 09 / 2010

Opinar o comentar

6 Opiniones en “Valor patrimonial de las acciones, aportes y demás derechos sociales que se informan en la declaración de renta”
  1. Flor Morales dice:

    Muy interesantes todos los comentarios que aqui se han hecho , por ello quiero hacerles mi pregunta ,si tengo acciones en ISA , adquiridas hace mas ó menos 10 años , ahora debo hacer declaracion de renta , cual es el valor por el cual debo declararlas ? por ejemplo poseo 1000 acciones ,cual es el valor a declarar ? gracias

  2. LAHO dice:

    Colega William Ososrio he leido varios articulos que Usted publica en esta pagina, y en muchos casos veo que falta mas precision, hay casos que teoricamente No se compreneden facilmente, pero si se explica con un ejemplo claro se logra el objetivo. Y el valor de las acciones como costo fiscal es uno de ellos.

  3. walter dice:

    cuando las acciones cotizan en la bolsa se tiene en cuenta el el balor de cotizacion en bolsa del año gravable en cuestion certificado por la superintendencia financiera

  4. Efrain Arbelaez G. dice:

    Todos los articulos que ustedes publican son superinteresantes. Solo tengo una pequeña pregunta.Por qué le suprimieron la opción para imprimir?

  5. manuel botero dice:

    Puede por favor dar unos ejemplos?

    Quien adquirió en Julio del 2006 una acción que no cotiza en bolsa, en, digamos $ 1.000 y su valor inrinseco al corte del 2009 era $ 3.000, por cuanto la ha debido declarar en el mismo 2006,7,8 y ahora en el 9 ?
    Gracias

    • walter dice:

      debe declarla por los mismos mil pesos mas opcionalmente el reajuste fiscal o los valores de el articulo 73 del estatuto trib actualizados a 2009

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