Los impuestos directos gravan a una persona identificada por lo que gana o lo que tiene, como el impuesto de renta o el predial; los indirectos gravan el consumo o las transacciones, y quien los declara los traslada en el precio a otra persona, como ocurre con el IVA. La distinción no es solo teórica: de ella depende que un impuesto pueda medir la capacidad de pago de quien lo soporta, que es lo que exige el principio de equidad del artículo 363 de la Constitución. ¿Cuáles son unos y otros en Colombia y por qué se dice que los indirectos son regresivos?
Impuestos directos.
El impuesto directo recae sobre una persona natural o jurídica plenamente identificada, en razón de sus ingresos o de su patrimonio.
En los impuestos directos coinciden el sujeto pasivo de derecho y el sujeto pasivo económico: quien debe declarar el impuesto es el mismo que lo paga con su dinero, como explicamos en el artículo sobre el sujeto pasivo del impuesto.
Como el Estado sabe quién es el contribuyente y cuánto gana o cuánto tiene, puede ajustar el impuesto a su capacidad económica: cobrar más a quien más tiene, reconocer deducciones por dependientes o eximir a quien no alcanza ciertos topes.
Ejemplos de impuestos directos.
Son impuestos directos en Colombia, entre otros, los siguientes:
- El impuesto de renta y su complementario de ganancias ocasionales.
- El impuesto al patrimonio.
- El impuesto de industria y comercio (ICA).
- El impuesto predial.
- El impuesto de vehículos.
En todos ellos hay un contribuyente individualizado que realiza el hecho generador y responde por el impuesto ante el Estado.
Características de los impuestos directos.
Los impuestos directos comparten tres rasgos que conviene tener claros:
- Se cobran directamente al contribuyente. La persona declara y paga, o recibe la factura, como en el predial.
- Permiten medir la capacidad de pago. Por eso admiten tarifas progresivas, como la del artículo 241 del Estatuto Tributario para las personas naturales.
- Son visibles. El contribuyente sabe cuánto paga, porque lo ve en su declaración o en su factura.
Ese último rasgo explica por qué suelen generar más resistencia que los indirectos, aunque en total se pague menos por ellos.
Impuestos indirectos.
El impuesto indirecto no recae sobre la persona, sino sobre una operación que realiza: comprar, consumir, importar o mover dinero.
En los impuestos indirectos el responsable que declara el impuesto es distinto de quien lo soporta. El comerciante cobra el impuesto en el precio, lo declara y lo consigna; el consumidor final lo paga sin declarar nada.
Es indirecto porque el Estado no grava a la persona, sino a la actividad, y la persona termina pagando el impuesto cuando realiza esa actividad.
Ejemplos de impuestos indirectos.
Son impuestos indirectos en Colombia, entre otros, los siguientes:
- El impuesto sobre las ventas (IVA).
- El impuesto nacional al consumo en restaurantes y telefonía móvil.
- Los impuestos al consumo de licores, cervezas y cigarrillos.
- Los impuestos a los combustibles, al carbono y a los productos ultraprocesados y bebidas azucaradas.
- Los aranceles que se pagan en la importación.
El gravamen a los movimientos financieros suele clasificarse también como indirecto, porque grava transacciones y no a la persona por su capacidad económica.
¿El IVA es un impuesto directo o indirecto?
El IVA es el ejemplo clásico de impuesto indirecto.
El responsable del artículo 437 del Estatuto Tributario cobra el impuesto al vender, lo declara y lo consigna a la Dian; pero descuenta el IVA que pagó en sus compras, de modo que no lo asume con su patrimonio. Quien lo asume es el consumidor final, que no puede descontarlo de nada.
Así, el consumidor paga el IVA sin declararlo, y el comerciante lo declara sin pagarlo de su bolsillo. Esa separación entre quien declara y quien soporta es lo que define al impuesto indirecto.
¿El ICA es un impuesto directo o indirecto?
El impuesto de industria y comercio es directo. Grava los ingresos de quien ejerce la actividad industrial, comercial o de servicios en un municipio, y lo declara y paga ese mismo contribuyente.
Que el comerciante tenga en cuenta el ICA al fijar sus precios no lo convierte en indirecto, porque el impuesto no se discrimina en la factura ni lo declara el comprador. De acuerdo con nuestro criterio, en ese sentido el ICA funciona como cualquier otro costo del negocio.
Regresividad de los impuestos indirectos.
Se dice que un impuesto es regresivo cuando pesa proporcionalmente más sobre quien tiene menos ingresos.
Los impuestos indirectos tienden a ser regresivos, porque aplican la misma tarifa a todos los consumidores, sin considerar su capacidad de pago. Quien gana poco destina casi todo su ingreso a consumir, mientras que quien gana mucho consume una parte menor y ahorra o invierte el resto.
Supongamos dos personas que compran bienes gravados con IVA del 19%, con el impuesto incluido en el precio:
| Concepto | Persona A | Persona B |
|---|---|---|
| Ingreso mensual | $2.000.000 | $20.000.000 |
| Compras gravadas, IVA incluido | $1.190.000 | $5.950.000 |
| IVA pagado (compras ÷ 1,19 × 19%) | $190.000 | $950.000 |
| IVA frente al ingreso | 9,5% | 4,75% |
Como se puede observar, la persona B paga más IVA en pesos, pero la persona A destina al impuesto una proporción de su ingreso que es el doble de la que destina B. Esa es la regresividad.
Para atenuarla, la ley excluye del IVA o declara exentos algunos bienes de la canasta básica, y establece tarifas diferenciales. Sin embargo, esos beneficios aplican a todos los consumidores por igual, de modo que también los aprovechan quienes tienen mayor capacidad económica.
Por qué los impuestos indirectos generan menos resistencia.
Los impuestos indirectos vienen incluidos en el precio de lo que se compra, de manera que la persona los paga poco a poco y casi sin advertirlo.
No es lo mismo pagar todos los días un poco de IVA que pagar al final del año una suma importante en la declaración de renta, aunque lo acumulado por IVA durante el año pueda ser mayor. Por eso estos impuestos suelen generar menos resistencia y resultan atractivos para el recaudo.
Diferencia entre impuestos directos e indirectos.
La siguiente tabla resume las diferencias:
| Criterio | Impuesto directo | Impuesto indirecto |
|---|---|---|
| Qué grava | Los ingresos o el patrimonio de una persona | El consumo o las transacciones |
| Quién declara | El mismo que paga | Un responsable distinto de quien paga |
| Quién lo soporta | El contribuyente | El consumidor final |
| Capacidad de pago | La considera | No la considera |
| Tarifa típica | Progresiva | Proporcional |
| Ejemplos | Renta, predial, ICA, vehículos | IVA, consumo, aranceles |
Estas categorías hacen parte de una clasificación más amplia de los impuestos, que distingue también entre impuestos, tasas y contribuciones, y entre impuestos nacionales y territoriales.
Preguntas frecuentes.
A continuación respondemos las preguntas frecuentes de nuestros lectores.
¿Cuáles son los impuestos directos en Colombia?
Los principales son el impuesto de renta y ganancias ocasionales, el impuesto al patrimonio, el ICA, el predial y el impuesto de vehículos.
¿Cuáles son los impuestos indirectos en Colombia?
Los principales son el IVA, el impuesto nacional al consumo, los impuestos al consumo de licores, cervezas y cigarrillos, los impuestos a los combustibles y al carbono, los impuestos saludables y los aranceles.
¿El IVA es un impuesto directo?
No. Es indirecto, porque lo declara el comerciante responsable pero lo soporta el consumidor final, que lo paga incluido en el precio.
¿El impuesto de industria y comercio es directo o indirecto?
Es directo. Lo declara y lo paga quien ejerce la actividad gravada, en proporción a sus ingresos.
¿Por qué los impuestos indirectos son regresivos?
Porque cobran la misma tarifa a todos, sin considerar su capacidad de pago, y quien gana menos destina una proporción mayor de su ingreso al consumo.
¿El impuesto de renta es directo?
Sí. Recae sobre la persona que obtiene los ingresos, que es la misma que lo declara y lo paga.