Calculadora de la indemnización por pérdida de capacidad laboral

Ingrese los siguientes valores según las instrucciones dadas en la parte inferior:



Instrucciones.

Para calcular la indemnización que le corresponde por pérdida de capacidad laboral, diligencie los siguientes valores:

  1. Porcentaje de pérdida de capacidad laboral. Es el porcentaje que le ha sido calificado. Debe ingresar el porcentaje sin incluir el símbolo %. Debe ingresarlo como valores enteros o decimales, por ejemplo, 6 para 6% y 7.8 para 7.8%.
  2. Salario cotizado. Ingrese el salario sobre el que cotiza a seguridad social.

La indemnización por la pérdida de capacidad laboral se paga según el porcentaje de pérdida que va desde el 5% hasta el 50%.. Si la pérdida es igual o superior al 50%, no se paga indemnización, sino que se reconoce una pensión por invalidez. Si la pérdida de capacidad es inferior al 5%, no se paga ninguna indemnización.

La tabla de indemnizaciones solo contempla porcentajes enteros, como 7% o 29%, pero no fracciones; sin embargo, como la calificación incluye fracciones, como por ejemplo 7.87%, la herramienta aproxima al entero más cercano.

La indemnización se reconoce en número de salarios cotizados, según el porcentaje de pérdida de capacidad laboral, dato que es discriminado en la tabla de resultados.

Calificación de la pérdida de capacidad laboral
Calificación de la pérdida de capacidad laboral.Cuando el trabajador ve afectada su capacidad laboral por un accidente o enfermedad, debe calificarse el porcentaje de esa pérdida.

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24 comentarios
  1. Edilsen serrano noviembre 20 de 2025

    Buenas tardes, ¿una pregunta? Me dieron dictamen de origen común en el 2024 de 40.45. ¿Quién paga la pérdida de capacidad? Fue dada por la Junta Nacional. Llevo incapacitada 8 años. ¿Cuánto sería el pago? Estoy con el salario mínimo.

    Responder a Edilsen serrano
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      Gerencie.com en respuesta a @Edilsen serrano noviembre 21 de 2025

      Como se trata de una pérdida de capacidad laboral de origen común, no hay culpable ni responsable al cual se le pueda cobrar, así que ninguna entidad ni la empresa la pagan. El fondo de pensiones solo paga la pensión de invalidez si se configura, pero no con ese porcentaje de pérdida.

      Responder a Gerencie.com
  2. Leonardo noviembre 11 de 2025

    Buenas noches. Me dieron dictamen de enfermedad laboral, ya los médicos me dieron de alta y me enviaron a que me indiquen la pérdida de capacidad laboral, pero no sé a dónde dirigirme, pues mi ARL es Colpatria y no encuentro cómo preguntar. Muchas gracias.

    Responder a Leonardo
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      Gerencie.com en respuesta a @Leonardo noviembre 12 de 2025

      En principio, debería contactar con la línea de atención de la ARL y, en su defecto, con la junta regional de calificación ubicada en su ciudad.

      Responder a Gerencie.com
  3. OMAR octubre 23 de 2025

    ¿Tengo una lesión de menisco medial, pero no me he operado? ¿Cuánto me podrán calificar por esa lesión?

    Responder a OMAR
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @OMAR octubre 24 de 2025

      No tenemos conocimientos médicos para darle una respuesta, pero ello depende de si, luego de los tratamientos médicos, persiste alguna afectación funcional.

      Responder a Gerencie.com
  4. viki octubre 6 de 2025

    Hola, me calificaron pérdida de capacidad laboral con 10.5, con un salario de $3.400.000. ¿Cuánto sería la indemnización?

    Responder a viki
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      Gerencie.com en respuesta a @viki octubre 6 de 2025

      La calculadora indica que la indemnización sería de $17.000.000, precisando que la recibirá siempre y cuando la PCL sea de origen laboral y esté afiliada a una ARL.

      Responder a Gerencie.com
  5. Dixon septiembre 25 de 2025

    Si me dan un porcentaje de 2.8 de pérdida de capacidad laboral, ¿tengo derecho a retribución económica?

    Responder a Dixon
  6. Isidro y Ana agosto 31 de 2025

    Muy interesantes los temas tratados, me ayudaron mucho. Gracias.

    Responder a Isidro y Ana
  7. Claudia agosto 21 de 2025

    Me califican por accidente laboral con 23.6. ¿Cómo lo puedo calcular? Gracias.

    Responder a Claudia
  8. Laura agosto 15 de 2025

    Buenas tardes, me generaron una pérdida de PCL por origen común por un porcentaje del 37.15. ¿Cuál sería el trámite a seguir? ¿Quién asume ese pago y cómo se calcula? Muchas gracias.

    Responder a Laura
    • Avatar
      Gerencie.com en respuesta a @Laura agosto 15 de 2025

      Al ser de origen común, ninguna entidad le paga indemnización por ello. El fondo de pensiones le pagaría la pensión de invalidez siempre que la PCL sea del 50% o superior.

      Si la PCL fuera de origen laboral, la ARL sí la indemnizaría.

      Responder a Gerencie.com
  9. Arnul gonzalez julio 25 de 2025

    Hola, tengo un puntaje de 16.61 de PCL y la enfermedad me la calificaron el año 2024. ¿Con qué año me pagan, con los últimos años o con el de ahora? Gracias.

    Responder a Arnul gonzalez
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      Gerencie.com en respuesta a @Arnul gonzalez julio 25 de 2025

      Se paga con el IBL (salario cotizado) promedio de los últimos 12 meses, tomando como punto de partida la fecha de estructuración. Si es por accidente, se toma el promedio de los últimos 6 meses.

      Responder a Gerencie.com
  10. Luz julio 1 de 2025

    Hola, mi accidente laboral fue en 2014, y apenas en junio de 2025 logré que me calificaran. ¿Igual me liquidan con el salario de ese momento? ¿O es posible solicitar que se considere la cantidad de tiempo que ha transcurrido?

    Responder a Luz
  11. alitan mayo 4 de 2025

    Tuve un accidente laboral el día 21 de junio de 2024. Fui operado el 23 de noviembre de 2025. El día 1 de abril me notificaron que el porcentaje de pérdida de capacidad laboral fue del 13.3%. ¿A partir de qué día se toma el salario para la indemnización?

    Responder a alitan
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      Gerencie.com en respuesta a @alitan mayo 5 de 2025

      Se debe tomar el salario vigente para la fecha en que se estructuró la pérdida de la capacidad laboral, que generalmente es el día en que ocurre el accidente.

      Responder a Gerencie.com
  12. walber octubre 27 de 2024

    Si mi accidente fue el 14/06/2022 y tenía un sueldo de 2.277.000 como básico, pero mi porcentaje de calificación fue el 30/10/2024 con sueldo actual de 3.959.000 como básico, ¿cómo se hace el cálculo de mi indemnización teniendo en cuenta que estoy en nivel de riesgo 5?

    Responder a walber
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      Gerencie.com en respuesta a @walber octubre 27 de 2024

      La indemnización se liquida con el salario que tenía en la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral, es decir, no se toma el salario actual.

      La indemnización depende del porcentaje de pérdida de capacidad laboral, el cual no depende del nivel de riesgo, sino de la condición de salud del trabajador.

      Responder a Gerencie.com